Oficina Consular Honoraria de España en Takamatsu (Japón)

 06/04/2016
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Orden AEC/473/2016, de 29 de marzo, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Takamatsu (Japón) (BOE de 6 de abril de 2016). Texto completo.

ORDEN AEC/473/2016, DE 29 DE MARZO, POR LA QUE SE CREA UNA OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN TAKAMATSU (JAPÓN).

La necesidad de crear una Oficina Consular Honoraria de España que cubra la parte sur-occidental de la isla de Honshu y la isla de Shikoku, se justifica por la alta presencia económica, cultural y turística; así como una activa colonia española. La creación de una Oficina Consular Honoraria facilitaría la atención y servicios consulares, tanto a españoles residentes como visitantes temporales, en una región sometida a riesgo de terremotos y otras emergencias naturales.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Tokio, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios, y de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, he tenido a bien disponer:

Primero.

Se crea una Oficina Consular Honoraria en Takamatsu (Prefectura de Kagawa), con jurisdicción en las Prefecturas de Yamaguchi, Shimane, Hiroshima, Tottori, Okayama, Ehime, Kagawa, Kochi y Tokushima (regiones de Chugoku y Shikoku) con categoría de Consulado Honorario y dependiente de la Embajada de España en TOKIO (Japón).

Segundo.

El Jefe de la Oficina Consular Honoraria de España en Takamatsu tendrá categoría de Cónsul Honorario, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963.

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