Repertorio de oficios y actividades artesanas

 17/03/2016
 Compartir: 

Orden 2/2016, de 10 de marzo, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación por la que se modifica el repertorio de oficios y actividades artesanas de La Rioja, aprobado por orden n.º 6/2013, de 28 de junio, integrando los oficios de elaborador/a de vermut y tejedor/a con aguja y ganchillo (BOR de 16 de marzo de 2016) Texto completo.

ORDEN 2/2016, DE 10 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO E INNOVACIÓN POR LA QUE SE MODIFICA EL REPERTORIO DE OFICIOS Y ACTIVIDADES ARTESANAS DE LA RIOJA, APROBADO POR ORDEN N.º 6/2013, DE 28 DE JUNIO, INTEGRANDO LOS OFICIOS DE ELABORADOR/A DE VERMUT Y TEJEDOR/A CON AGUJA Y GANCHILLO

El Estatuto de Autonomía de La Rioja, atribuye a la Comunidad Autónoma en su Artículo Octavo Uno. 8, competencia exclusiva en materia de artesanía, correspondiendo a la misma, de acuerdo con lo dispuesto en su apartado dos, la potestad legislativa, reglamentaria y la función ejecutiva.

La Ley 2/1994, de 24 de mayo de Artesanía (BOR n.º 67 de 28 de mayo) creó el marco legal necesario para la ordenación y desarrollo del sector artesano y los instrumentos necesarios para su fomento, cuya Disposición Final Segunda atribuye a la Consejería competente la facultad de aprobar el Repertorio de Oficios y Actividades Artesanas, previo informe y propuesta del Consejo Riojano de Artesanía (Art. 8 b), órgano creado para asegurar la participación del sector en la elaboración de normas de ordenación del Sector Artesano.

El Decreto 51/1994, de 15 de septiembre, por el que se establece la composición y funcionamiento del Consejo Riojano de Artesanía, atribuye a éste en su artículo 2, la función de informar y proponer el Repertorio de Oficios y Actividades Artesanas y velar por su actualización.

La Orden n.º 6/2013, de 28 de junio, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo aprobó el Repertorio de Oficios y Actividades Artesanas de La Rioja vigente, respecto al cual se ha considerado oportuno la inclusión de los oficios de elaborador/a de vermut y tejedor/a con aguja y ganchillo, con el objetivo de favorecer el desarrollo del sector artesanal y dar cabida a otras actividades que se desarrollan en nuestra Comunidad.

En consecuencia, y previa propuesta de la Dirección General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, el informe favorable del Consejo Riojano de Artesanía y los informes preceptivos correspondientes, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la Disposición final segunda de la Ley 2/1994 de 24 de mayo , de Artesanía de La Rioja y el artículo 5.2.1 d) del Decreto 27/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

DISPONGO

Artículo Único: Incluir en el Repertorio de Oficios y Actividades Artesanas de La Rioja los siguientes oficios:

Grupo de Artesanía de bienes de consumo

División n.º 11 'Fabricación de bebidas'

- elaborador/a de vermut (CNAE-2009: 11.02)

Grupo de Artesanía artística y tradicional

División n.º 13 'Industria textil'

- tejedor/a con aguja y ganchillo (CNAE-2009: 13.20)

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana