Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles

 14/03/2016
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Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles y Reglamento con Anejos I y II, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969. Decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXXIII Sesión Plenaria el 19 de mayo de 2015 (Decisiones XXXIII-01 a XXXIII-15) (BOE de 14 de marzo de 2016). Texto completo.

CONVENIO PARA EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE PUNZONES DE PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES Y REGLAMENTO CON ANEJOS I Y II, HECHOS EN BRUSELAS EL 1 DE JULIO DE 1969. DECISIONES ADOPTADAS POR LA COMISIÓN INTERNACIONAL PERMANENTE PARA LA PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES EN SU XXXIII SESIÓN PLENARIA EL 19 DE MAYO DE 2015 (DECISIONES XXXIII-01 A XXXIII-15).

Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego Portátiles

La Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego, haciendo referencia al Convenio para el Reconocimiento Recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y al Reglamento, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969, tiene el honor de poner en conocimiento de las Partes Contratantes las decisiones adoptadas en la reunión de la Subcomisión Técnica celebrada el 19 de mayo de 2015 en Siracusa.

XXXIII-01 a 08 Lista de tablas TDCC, nuevos calibres

Decisiones adoptadas en aplicación del párrafo 1 del artículo 5 del Reglamento

Tablas

Omitidas.

Estas Decisiones de la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles entraron en vigor de forma general y para España, 13 de enero de 2016, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 8 del Reglamento.

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