Subvenciones para municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria con más de 10.000 habitantes, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres

 03/03/2016
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Extracto de la Orden MED/12/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria con más de 10.000 habitantes, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres y la realización de proyectos de información y sensibilización en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en el año 2016 (BOCA de 2 de marzo de 2016). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN MED/12/2015, DE 18 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA CON MÁS DE 10.000 HABITANTES, CON EL FIN DE IMPULSAR OFICINAS DE ATENCIÓN E INFORMACIÓN A LAS MUJERES Y LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN EN MATERIA DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES, EN EL AÑO 2016.

BDNS (Identif.): 301585

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que cuenten con más de 10.000 habitantes.

Segundo.- Objeto.

Subvención de proyectos y actividades que promuevan el impulso de las Oficinas de Atención e Información a las Mujeres y la realización de proyectos de información y sensibilización en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

Tercero.- Bases reguladoras.

Se publican de forma conjunta con la convocatoria, a través de la Orden MED/11/2015, de 18 de diciembre (Boletín Oficial de Cantabria de 18/01/2016).

Cuarto.- Cuantía.

Variable en función del tipo de proyecto y actividad subvencionable, con una cuantía máxima de 25.000 euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del presente extracto de la convocatoria.

Sexto.- Otros datos.

Las subvenciones se tramitarán por la Dirección General de Igualdad y Mujer, órgano directivo adscrito a la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social. Las solicitudes y anexos pueden ser descargados a través de la página web www.cantabria.es, apartado Atención a la Ciudadanía 012, Ayudas y Subvenciones

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