Modificación de la Orden de 25 de febrero de 2015

 23/02/2016
 Compartir: 

Orden de 12 de febrero de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se modifica la orden por la que se regulan los ficheros automatizados y no automatizados de datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV de 22 de febrero de 2016). Texto completo.

ORDEN DE 12 DE FEBRERO DE 2016, DE LA CONSEJERA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS Y NO AUTOMATIZADOS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL GESTIONADOS POR EL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD

El 17 de marzo de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial del País Vasco, la Orden de 25 de febrero de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regulan los ficheros automatizados y no automatizados de datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. El anexo II de la citada disposición recoge los ficheros que se suprimen pero no aparece el destino ni el motivo de dichas supresiones como prescribe el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). Por ello, con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 20 se elabora la presente disposición:

DISPONGO:

Artículo único.- Modificación del anexo II de la Orden de 25 de febrero de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regulan los ficheros automatizados y no automatizados de datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, que queda redactado como sigue:

“Anexo II a la Orden de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regulan los ficheros automatizados y no automatizados de datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad.

ANEXO OMITIDO

Disposición Final

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana