Calendario de fiestas locales

 22/02/2016
 Compartir: 

Orden TSF/23/2016, de 8 de febrero, de modificación de la Orden EMO/353/2015, de 24 de noviembre, por la que se establece el calendario de fiestas locales en la Comunidad Autónoma de Cataluña para el año 2016 (DOGC de 19 de febrero de 2016). Texto completo.

ORDEN TSF/23/2016, DE 8 DE FEBRERO, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN EMO/353/2015, DE 24 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE FIESTAS LOCALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA PARA EL AÑO 2016.

Considerando la Orden EMO/353/2015, de 24 de noviembre , por la que se establece el calendario de fiestas locales en la Comunidad Autónoma de Cataluña para el año 2016 (DOGC núm. 7013, de 7.12.2015);

Visto que, con posterioridad a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya de la mencionada Orden, los ayuntamientos de Boadella i les Escaules, Avià, Cabrera de Mar y Lluçà han efectuado una modificación sobre la propuesta formulada inicialmente, y los ayuntamientos de Sant Boi de Lluçanès y Castellar de la Ribera han formulado su propuesta de fiestas locales para el año 2016;

Haciendo uso de las atribuciones que me son concedidas,

Ordeno:

Artículo único

Se modifica la Orden EMO/353/2015, de 24 de noviembre , en cuanto a las fechas de las fiestas de carácter local para el año 2016 de los municipios que se detallan a continuación.

En la comarca de L'Alt Empordà, donde dice:

“Boadella i les Escaules, 7 de noviembre y 21 de noviembre”,

debe decir:

“Boadella i les Escaules, 14 de noviembre y 21 de noviembre”.

En la comarca de El Berguedà, donde dice:

“Avià, 27 de mayo y 29 de agosto”,

debe decir:

“Avià, 26 de mayo y 29 de agosto”.

En la comarca de El Maresme, donde dice:

“Cabrera de Mar, 1 de agosto”,

debe decir:

“Cabrera de Mar, 1 de agosto y 31 de octubre”.

En la comarca de Osona, donde dice:

“Lluçà, 21 de noviembre”,

debe decir:

“Lluçà, 21 de noviembre y 9 de diciembre”.

En la comarca de Osona, donde dice:

“Sant Boi de Lluçanès, propuesta no formulada”,

debe decir:

“Sant Boi de Lluçanès, 20 de mayo y 28 de septiembre”.

En la comarca de El Solsonès, donde dice:

“Castellar de la Ribera, propuesta no formulada”,

debe decir:

“Castellar de la Ribera, 13 de mayo y 9 de septiembre”.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  5. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  10. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana