Órganos directivos de la Consejería de Educación y Universidades

 15/02/2016
 Compartir: 

Decreto n.º 8/2016, de 10 de febrero, de Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto n.º 107/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Educación y Universidades (BORM de 12 de febrero de 2016). Texto completo.

DECRETO N.º 8/2016, DE 10 DE FEBRERO, DE CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO N.º 107/2015, DE 10 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES.

El Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de Reorganización de la Administración Regional, establece la denominación y las competencias de las distintas Consejerías, efectuando la distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional.

Como consecuencia de dicho Decreto, se establecieron mediante Decreto n.º 107/2015, de 10 de julio los órganos directivos de la Consejería de Educación y Universidades, siendo modificado el mismo por el Decreto n.º 214/2015, de 6 de agosto, del Consejo de Gobierno.

Razones organizativas y de eficacia en la gestión administrativa hacen necesaria una nueva modificación del Decreto de órganos directivos citado, con el fin de facilitar el desarrollo en los cometidos y competencias atribuidas al departamento y ganar agilidad y eficiencia en la actuación de esta Consejería.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Educación y Universidades y a propuesta de la Consejera de Presidencia, por delegación del Presidente, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto de la Presidencia n.º 29/2015, de 7 de julio, por el que se delega en el titular de la Consejería de Presidencia la competencia para elevar al Consejo de Gobierno los Decretos que establecen los Órganos Directivos de las distintas Consejerías, y de conformidad con lo previsto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 10 de febrero de 2016

Dispongo:

Artículo Único. Modificación del Decreto n.º 107/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Educación y Universidades.

El Decreto n.º 107/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Educación y Universidades se modifica en los siguientes términos:

Uno. El artículo 7 queda redactado del siguiente modo:

La Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad asume las competencias del departamento en materia de atención a la diversidad; enseñanzas artísticas elementales y profesionales; enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño; enseñanzas deportivas y enseñanzas de idiomas; educación de personas adultas, programas educativos, así como las actividades destinadas a la mejora de la convivencia en los centros docentes.

Dos. El artículo 8 queda redactado del siguiente modo:

La Dirección General de Calidad Educativa y Formación Profesional asume las competencias en materia de formación profesional; reconocimiento acreditación y validación de las competencias profesionales, ordenación académica en educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato; evaluación y calidad educativa, así como la realización de propuestas sobre las normas de convivencia en los centros docentes y la gestión de las incidencias que se planteen sobre las mismas.

Disposición final única.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana