Subvenciones para la realización de programas de dinamización juvenil por las Entidades Locales

 12/02/2016
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Extracto de la Orden ECD/4/2016, de 4 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la realización de programas de dinamización juvenil por las Entidades Locales de Cantabria para el año 2016 (BOCA de 11 de febrero de 2016). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN ECD/4/2016, DE 4 DE ENERO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE DINAMIZACIÓN JUVENIL POR LAS ENTIDADES LOCALES DE CANTABRIA PARA EL AÑO 2016.

BDNS (Identif.): 300941.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.

minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero.- Benefi ciarios: Municipios, Mancomunidades de Municipios y Entidades Locales Menores de Cantabria que proyecten realizar actividades con su población juvenil durante el año 2016 y dispongan de estructura y fi nanciación sufi cientes para garantizar el cumplimiento del programa de dinamización juvenil para el que solicitan la ayuda.

Segundo.- Finalidad: Subvencionar la realización de programas de dinamización juvenil por los Municipios, Mancomunidades de Municipios y Entidades Locales Menores de Cantabria, que fomenten la realización de actividades juveniles y favorezcan el asociacionismo y la participación plural de la juventud.

Tercero.- Bases reguladoras: Orden ECD/4/2016, de 4 de enero, publicada en el Boletín Ofi cial de Cantabria de 7 de enero de 2016.

Cuarto.- Importe: El importe máximo total imputable a la subvención será de cien mil euros (100.000 €), que se abonarán con cargo al concepto presupuestario 09.10.232A.461. Importe máximo por benefi ciario: La subvención solicitada no podrá superar el 10% de la totalidad del crédito presupuestario disponible para tal fi n.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Ofi cial de Cantabria (BOC).

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