RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 229-2016, CONTRA LA LEY ORGÁNICA 15/2015, DE 16 DE OCTUBRE, DE REFORMA DE LA LEY ORGÁNICA 2/1979, DE 3 DE OCTUBRE, PARA LA EJECUCIÓN DE LAS RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL COMO GARANTÍA DEL ESTADO DE DERECHO, ASÍ COMO CONTRA EL ARTÍCULO ÚNICO APARTADO TRES DE LA MISMA EN LA REDACCIÓN DADA A LAS LETRAS B) Y C) DEL APARTADO 4 Y AL APARTADO 5 DEL ARTÍCULO 92 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 2 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 229-2016, promovido por el Gobierno Vasco, contra la Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre , de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho, así como contra el artículo único, apartado tres, de la misma en la redacción dada a las letras b) y c) del apartado 4 y al apartado 5 del artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
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