Modificación del Reglamento del Departamento de Bioquímica y Biología Molecular

 27/01/2016
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Resolución de 18 de enero de 2016, del Secretario General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibersitatea, por la que se aprueba y se ordena la publicación de la modificación del Reglamento del Departamento de Bioquímica y Biología Molecular (BOPV de 26 de enero de 2016). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 18 DE ENERO DE 2016, DEL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERSITATEA, POR LA QUE SE APRUEBA Y SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE BIOQUÍMICA Y BIOLOGÍA MOLECULAR.

El 16 de enero de 2013, se publicó el Reglamento del Departamento de Bioquímica y Biología Molecular en el BOPV.

El 4 de noviembre de 2015, el Consejo del Departamento de Bioquímica y Biología Molecular acuerda la modificación de su Reglamento para la inclusión en el mismo de una sección departamental de centro en la Facultad de Farmacia de Vitoria-Gasteiz.

El Secretario General, una vez verificado que la modificación propuesta cuenta con todos los informes favorables y que no se ha presentado ninguna solicitud expresa de elevación del mismo al Consejo de Gobierno tras su presentación en la sesión de 17 de diciembre de 2015, y conforme a la delegación efectuada en el artículo 4.3 del Reglamento Marco de Departamentos

RESUELVE:

Primero.- Modificar el Reglamento del Departamento de Bioquímica y Biología Molecular de la UPV/EHU en el sentido de añadir un nuevo artículo 2 bis con la siguiente redacción:

“Artículo 2 bis.- Concordancia con el artículo 8.2 del Reglamento Marco de Departamentos

2.- El Departamento de Bioquímica y Biología Molecular cuenta con una sección departamental en la Facultad de Farmacia de Vitoria-Gasteiz, con sede en dicho centro (Paseo de la Universidad 7, 01006 Vitoria-Gasteiz)”.

Segundo.- Ordenar la publicación de la modificación del Reglamento del Departamento de Bioquímica y Biología Molecular en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.- Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

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