Subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla y León destinadas a financiar gastos de concentraciones deportivas dentro del “Programa Deporte Siglo XXI”

 20/01/2016
 Compartir: 

Orden CYT/10/2016, de 4 de enero, por la que se modifica la Orden CYT/286/2014, de 14 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla y León destinadas a financiar gastos de concentraciones deportivas dentro del “Programa Deporte Siglo XXI” (BOCYL de 19 de enero de 2016). Texto completo.

ORDEN CYT/10/2016, DE 4 DE ENERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN CYT/286/2014, DE 14 DE ABRIL, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A FEDERACIONES DEPORTIVAS DE CASTILLA Y LEÓN DESTINADAS A FINANCIAR GASTOS DE CONCENTRACIONES DEPORTIVAS DENTRO DEL “PROGRAMA DEPORTE SIGLO XXI”.

Por la Orden CYT/286/2014, de 14 de abril, publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León”, n.º 35, de 30 de abril de 2014, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla y León destinadas a financiar gastos de concentraciones deportivas dentro del “Programa Deporte Siglo XXI”.

Las citadas bases reguladoras, establecen en su artículo 8.4 que la valoración de las solicitudes se realizará por una Comisión compuesta por Presidente y un mínimo de cuatro Vocales, recayendo la presidencia en el titular de la Dirección General competente en materia de deportes o persona en quien delegue.

Por su parte, el Acuerdo 132/2015, de 15 de octubre, de la Junta de Castilla y León, aprueba la renovación y ampliación del Código Ético y de Austeridad de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus entes adscritos, en cuyo punto 3 del apartado quinto establece que en los procedimientos de concesión de subvenciones en concurrencia competitiva, los altos cargos no formarán parte de las comisiones de valoración de las solicitudes presentadas.

Asimismo, se ha considerado necesario reducir el número de miembros de la Comisión de Valoración para agilizar su funcionamiento.

Por ello, resulta necesaria la adecuación de las citadas bases reguladoras, modificando la composición de la Comisión de Valoración.

En su virtud, teniendo en cuenta la propuesta del Director General de Deportes y en atención a las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden CYT/286/2014, de 14 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla y León destinadas a financiar gastos de concentraciones deportivas dentro del “Programa Deporte Siglo XXI”.

El artículo 8.4 de la Orden CYT/286/2014, de 14 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla y León destinadas a financiar gastos de concentraciones deportivas dentro del “Programa Deporte Siglo XXI”, queda redactado en los siguientes términos:

“4. La valoración de las solicitudes se realizará por una Comisión compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: Un funcionario de la Dirección General competente en materia de deportes designado por su titular, con rango igual o superior a Jefe de Servicio.

Vocales: Un mínimo de tres vocales que serán funcionarios de la Dirección General competente en materia de deportes, designados por su titular. Uno de los vocales actuará como secretario, asistiendo a las reuniones con voz y voto.”

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Gobierno acuerda con CCAA y entidades locales iniciar los trabajos para interconectar las oficinas de atención a la ciudadanía
  2. Tribunal Supremo: Resuelve el TS que para el acceso a los Cuerpos o Escalas del Grupo A se precisa la titulación exigida legalmente para el ejercicio de la profesión regulada correspondiente
  3. Tribunal Supremo: Resuelve la Sala si un guardia civil, de baja por incapacidad temporal, que pasa a la situación de reserva sin previa incorporación al servicio activo, tiene derecho a la compensación económica por vacaciones no disfrutadas
  4. Legislación: Coeficiente reductor de la edad de jubilación a favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos
  5. Actualidad: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Del 17 al 23 de septiembre de 2025)
  6. Legislación: Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo Internacional Administrativo entre el Reino de España y el Organismo Internacional de la Energía Atómica para la celebración de la Escuela de Liderazgo para Jóvenes Profesionales del Ámbito Nuclear
  7. INAP: Ya está disponible el boletín n.º 11 "¿De qué habla la Comunidad de Formación?"
  8. Tribunal Supremo: Es de aplicación la reducción del 60% sobre el rendimiento neto total regularizado derivado del arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda en caso de comprobación por parte de la AEAT
  9. Tribunal Supremo: Estable el TS que, para la provisión del personal directivo de las Entidades Locales de Galicia, se aplicará la regulación básica contenida en el art. 130 de la LBRL
  10. Legislación: Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 28 de mayo de 2024

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana