Crédito extraordinario

 04/01/2016
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Decreto-Ley 4/2015, de 29 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se concede un crédito extraordinario para la financiación de la línea de tranvía Norte-Sur de Zaragoza (BOA de 30 de diciembre de 2015). Texto completo.

DECRETO-LEY 4/2015, DE 29 DE DICIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CONCEDE UN CRÉDITO EXTRAORDINARIO PARA LA FINANCIACIÓN DE LA LÍNEA DE TRANVÍA NORTE-SUR DE ZARAGOZA.

El 19 de febrero de 2009 se firmó un convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza para la financiación de la línea de tranvía norte-sur (Parque Goya-Valdespartera), con el objeto de regular los compromisos a asumir por parte de cada una de las dos Administraciones en la puesta en marcha de la citada línea de tranvía.

Hasta el momento, el Gobierno de Aragón ya ha abonado algunas cantidades "a cuenta" de la liquidación de las obligaciones derivadas del convenio en las anualidades 2010, 2011 y 2012.

El reconocimiento de la obligación y pago de la anualidad correspondiente a 2015, que se articula a través del presente Decreto-ley mediante la figura del crédito extraordinario por un importe de hasta 14.850.000 euros, que deberá entenderse, al igual que sucedió con los efectuados en años anteriores, como un "abono a cuenta" de la liquidación las obligaciones derivadas del convenio.

Hasta la finalización del ejercicio económico no es posible conocer con exactitud la cifra de créditos disponibles existentes en las partidas presupuestarias que permita financiar con su baja un crédito extraordinario para atender a esta necesidad, ya que en todo caso se debe respetar el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, resulta necesario recurrir a la figura del Decreto-ley para dar soporte jurídico a esta modificación de crédito al estar muy próxima la finalización del ejercicio económico.

En el artículo 71.32.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril , se reconoce a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva para la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los principios de equilibrio y sostenibilidad.

En su virtud, en uso de la autorización contenida en el artículo 44 del Estatuto de Autonomía de Aragón, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 29 de diciembre de 2015,

DISPONGO:

Artículo 1. Crédito extraordinario.

Se concede un crédito extraordinario a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2015 por un importe máximo de hasta 14.850.000 euros en la partida presupuestaria 13040/G/5132/760102/91002 denominada "financiación de la línea de tranvía Norte-Sur de Zaragoza".

Artículo 2. Financiación del crédito extraordinario.

El crédito extraordinario que se concede por este Decreto-ley se financiará con baja en los créditos disponibles existentes en las partidas presupuestarias que se señalan en el anexo del presente Decreto-ley.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

ANEXO

Omitido.

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