Suplemento de crédito para el Departamento de Desarrollo Económico

 23/12/2015
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Ley Foral 21/2015, de 16 de diciembre, por la que se concede un suplemento de crédito, por importe de 2.175.000 euros, para el Departamento de Desarrollo Económico (BON de 22 de diciembre de 2015). Texto completo.

LEY FORAL 21/2015, DE 16 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE CONCEDE UN SUPLEMENTO DE CRÉDITO, POR IMPORTE DE 2.175.000 EUROS, PARA EL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO

LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:

LEY FORAL POR LA QUE SE CONCEDE UN SUPLEMENTO DE CRÉDITO, POR IMPORTE DE 2.175.000 EUROS, PARA EL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Se ha puesto de manifiesto en el Departamento de Desarrollo Económico la insuficiencia de las consignaciones presupuestarias para el apoyo de los Centros Tecnológicos de Navarra en el ejercicio 2015.

En consecuencia, para atender estas necesidades, se concede el suplemento de crédito correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

Artículo 1. Concesión de suplemento de crédito.

Se concede un suplemento de crédito por importe de 2.175.000 euros para atender necesidades del Departamento de Desarrollo Económico en el ejercicio.

Este importe se aplicará a la siguiente partida presupuestaria: 180011 18210 7309 467300 “Aportaciones Centros Tecnológicos: aportación de fondos a la Fundación CENER-CIEMAT para la amortización de préstamos”.

Artículo 2. Financiación.

La financiación de este suplemento de crédito se realizará con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

TABLA OMITIDA

Disposición final única.-Entrada en vigor.

La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al Boletín Oficial del Estado y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

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