Calendario de días inhábiles

 14/12/2015
 Compartir: 

Decreto 303/2015, de 4 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2016 en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 11 de diciembre de 2015) Texto completo.

DECRETO 303/2015, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE FIJA EL CALENDARIO DE DÍAS INHÁBILES A EFECTOS DE CÓMPUTO DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS DURANTE EL AÑO 2016 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Preámbulo

El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en sus respectivos ámbitos el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, comprendiendo los días inhábiles de las entidades que integran la Administración local correspondientes a su ámbito territorial.

Por ello, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 4 de diciembre de 2015, D I S P O N G O :

Artículo 1. Días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2016, se fija en los siguientes términos:

1. Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, además de los domingos, las fiestas laborales de esta Comunidad que figuran en el Decreto 250/2015, de 31 de julio , por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2016 (DOE núm. 152, de 7 de agosto) y que a continuación se relacionan:

1 de enero, Año Nuevo.

6 de enero, Epifanía del Señor.

24 de marzo, Jueves Santo.

25 de marzo, Viernes Santo.

2 de mayo, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

15 de agosto, Asunción de la Virgen.

8 de septiembre, Día de Extremadura.

12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

1 de noviembre, Todos los Santos.

6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

8 de diciembre, Inmaculada Concepción.

26 de diciembre, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día 25 de diciembre, Natividad del Señor.

2. Además, serán inhábiles en cada Entidad Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 250/2015, de 31 de julio, figuran en las relaciones publicadas por Resolución de 16 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Trabajo, (DOE núm. 226, de 24 de noviembre de 2015), o modificaciones que se produzcan.

Artículo 2. Publicación del calendario.

El presente decreto se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en los Boletines Oficiales de las Provincias de Badajoz y Cáceres y estará expuesto en los tablones de anuncios de los órganos y dependencias de las Administraciones autonómica y local.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Últimos estudios

Santiago A. Bello Paredes
La encrucijada de la energía nuclear

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Jurisprudencia: Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, del 3 de septiembre de 2026, en el caso Molina Marín y Otros c. España (nº 61435/21)
  2. Tribunal Supremo: El TS fija como doctrina que la legislación autonómica sobre contratos administrativos queda desplazada por la normativa básica estatal, y que puede inaplicarse sin plantear cuestión de inconstitucionalidad
  3. Actualidad: El Consejo de Política Fiscal y Financiera aprueba la reforma del sistema de financiación autonómica, que aportará 20.975 millones adicionales a las Comunidades Autónomas
  4. INAP: Abierta la convocatoria de acciones formativas del Programa de Desarrollo Profesional Continuo (4º trimestre de 2026)
  5. Estudios y Comentarios: Cuando la nube toca tierra: ordenación ambiental, territorial y urbanística de las infraestructuras que soportan la inteligencia artificial
  6. Actualidad: El Gobierno flexibiliza el uso del superávit de las CCAA para que puedan destinarlo a inversiones en políticas como las de vivienda social
  7. INAP: Una delegación del Ministerio de Administración del Territorio de Angola ha visitado el INAP para conocer de primera mano el funcionamiento y las metodologías de su Laboratorio de Innovación Pública (LIP)
  8. INAP: CSACE: modificación del Tribunal calificador
  9. Legislación: Ayudas de minimis destinadas a cooperativas, sociedades agrarias de transformación
  10. Legislación: Medidas fiscales y financieras urgentes que contribuyan a la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana