RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 4292-2015, CONTRA LOS ARTÍCULOS 1.1 C) Y 21 A 30 DE LA LEY DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA 12/2014, DE 10 DE OCTUBRE, DEL IMPUESTO SOBRE LA EMISIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO A LA ATMÓSFERA PRODUCIDA POR LA AVIACIÓN COMERCIAL, DEL IMPUESTO SOBRE LA EMISIÓN DE GASES Y PARTÍCULAS A LA ATMÓSFERA PRODUCIDA POR LA INDUSTRIA Y DEL IMPUESTO SOBRE LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE ORIGEN NUCLEAR.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 1 de diciembre actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4292-2015, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado levantar la suspensión de los arts. 1.1 c) y 21 a 30 de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 176, de 24 de julio de 2015.
Madrid, 1 de diciembre de 2015.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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