Portal del Proveedor de las Cortes de Castilla-La Mancha

 24/11/2015
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Acuerdo de 16/11/2015, de la Mesa de las Cortes, por el que se crea el Portal del Proveedor de las Cortes de Castilla-La Mancha (DOCM de 23 de noviembre de 2015). Texto completo.

ACUERDO DE 16/11/2015, DE LA MESA DE LAS CORTES, POR EL QUE SE CREA EL PORTAL DEL PROVEEDOR DE LAS CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA.

Con el fin de acercar el Parlamento a los empresarios y profesionales y dentro de la línea de constante adaptación de la gestión electrónica de su actividad económica-financiera, se pretende incorporar en la web de las Cortes de Castilla-La Mancha un portal del proveedor que ofrezca a estos las ventajas y posibilidades de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, de manera que sin desplazamientos puedan realizar cuantos trámites y gestiones precisen en sus relaciones comerciales con la Administración Parlamentaria.

En consecuencia, con fundamento en lo expuesto, se acuerda:

Primero.- Crear un portal del Proveedor a través de una plataforma telemática que permita a los proveedores realizar trámites por medios electrónicos con las Cortes de Castilla-La Mancha, según establece la Ley 11/2007, de 22 de junio , de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

Asimismo, se aprueban las condiciones de uso del citado Portal, que tendrán carácter contractual, en los términos que figuran en documento anexo.

Dichas condiciones de uso se publicarán en el propio Portal del Proveedor y deberán ser aceptadas por todo proveedor que pretenda utilizar sus servicios.

Segundo.- Los servicios que se podrán realizar a través de dicho Portal son, entre otros, los siguientes:

- Consulta de datos: datos del proveedor, estado de tramitación de las facturas desde que se reciban hasta que se paguen, cuentas bancarias, avales y fianzas.

- Expedición automática de documentos: certificado de retenciones IRPF, facturas del proveedor y declaración de operaciones de más de 3.005,06 euros.

- Trámites on-line.

- Consulta y seguimiento de los trámites on-line.

Tercero.- Los proveedores podrán acceder a dicho portal a través del siguiente método:

Acceso con certificado digital tal como DNIe, FNMT, idCAT, ACCV, Izenpe, Camerfirma y otros certificados digitales reconocidos.

Cuarto.- Con el fin de lograr una adecuada difusión, el presente acuerdo se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial de esta Cámara Regional.

Anexo Condiciones de uso del Portal del Proveedor de las Cortes de Castilla-La Mancha 1.- Conexión Podrán acceder a la operativa de este servicio, todos los proveedores de las Cortes de Castilla-La Mancha que reúnan los siguientes requisitos:

- Ser mayores de edad en el supuesto de personas físicas.

- Tener plena capacidad jurídica para actuar.

- Aceptar la presente normativa de utilización del servicio, por sí mismos o a través de sus representantes o apoderados debidamente autorizados a estos efectos - El proveedor de las Cortes de Castilla-La Mancha, así como sus apoderados o representantes, podrá acceder a través de estos servicios a la información y procedimientos que se ofrecen, siempre y cuando reúnan los requisitos establecidos en esta normativa.

- Las órdenes transmitidas por los usuarios, podrán ser efectivas a partir del momento en que hayan sido recibidas por las Cortes de Castilla-La Mancha, que quedan autorizadas, pero no obligadas, a aceptar las órdenes recibidas mediante este servicio. Las órdenes recibidas serán irrevocables una vez cumplimentadas por las Cortes de Castilla-La Mancha.

- Correrán a cargo del solicitante los elementos necesarios para hacer posible la comunicación con las Cortes de Castilla-La Mancha, y también el coste que comporte el mantenimiento y la utilización de esta comunicación.

2.- Ampliaciones del servicio El servicio podrá incorporar progresivamente nuevas prestaciones que amplíen la operativa entre el proveedor y las Cortes de Castilla-La Mancha.

3.- Obligaciones El proveedor aceptará la utilización del servicio en las condiciones y según la normativa establecida por las Cortes de Castilla-La Mancha, comprometiéndose, asimismo, a cumplir y respetar las normas que sobre comunicaciones establezca el parlamento.

Tanto el proveedor como las Cortes de Castilla-La Mancha aceptan que el intercambio de información y órdenes a través de este servicio, tiene la misma validez que la entrega de impresos y documentos firmados de propia mano y que, en caso de discrepancia entre los datos telemáticos y los contenidos en papel, prevalezca esta última información.

Las Cortes de Castilla-La Mancha no se responsabilizarán de las omisiones, errores, pérdidas de información, vulneración de la confidencialidad y/o acceso indebido a la información o a los datos personales causados por problemas técnicos de la comunicación, no imputables a las Cortes de Castilla-La Mancha, o debidos a deficiencias o fallos de seguridad en las redes de comunicaciones no controladas por ellas y, en general, los originados por causas de fuerza mayor.

El proveedor se compromete a:

- Acreditar los datos que le sean solicitados para la utilización del servicio y confirmar, incluso por escrito, las órdenes transmitidas cuando lo requieran las Cortes de Castilla-La Mancha por medidas de protección, en defensa de la confidencialidad y de la seguridad del sistema, o por imperativo legal.

- Comunicar a las Cortes de Castilla-La Mancha, a través de cualquier medio ajustado a derecho, la modificación de los datos del medio técnico utilizado para la recepción de información, o de las características de las informaciones que afectan al proveedor.

- Comunicar a las Cortes de Castilla-La Mancha cualquier circunstancia que pueda afectar al buen funcionamiento del servicio.

- Mantener y utilizar correctamente los programas y dispositivos que le hayan sido entregados, en su caso, que no podrán ser objeto de ninguna forma de copia ni alteración o manipulación y que deberá devolver a las Cortes de Castilla-La Mancha al finalizar el presente acuerdo de utilización de este servicio.

- Responder de los daños y perjuicios que pueda ocasionar el mal uso de su conexión.

- Responder personalmente, o a través de sus apoderados o representantes, si es el caso, de los daños y perjuicios que haya podido ocasionar por incumplimiento de las obligaciones antes detalladas.

4.- Duración/rescisión La duración de este acuerdo es por tiempo indefinido. No obstante, tanto el proveedor como las Cortes de CastillaLa Mancha podrán rescindir el acuerdo, por mutuo entendimiento o de manera unilateral por cualquiera de las dos partes, mediante comunicación escrita.

Todas las operaciones ordenadas con anterioridad a la rescisión, tendrán valor legal y vigencia hasta la total finalización de los trámites de éstas.

Las Cortes de Castilla-La Mancha podrán interrumpir la prestación del servicio, temporal o definitivamente, en caso de producirse modificaciones relevantes en la situación de los proveedores o titulares del servicio, o si observan incumplimiento de las normas de uso del mismo.

Las Cortes de Castilla-La Mancha se reservan el derecho de modificar las condiciones del servicio, el periodo, y los procedimientos técnicos de identificación y validación de los datos transmitidos, de acuerdo con sus necesidades.

La no aceptación de estas modificaciones por parte de los titulares del servicio supondrá la rescisión anticipada del servicio objeto de la presente normativa.

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