Imagen y señalética del Camino de Santiago

 19/11/2015
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Orden de 5 de noviembre de 2015 por la que se modifica el Manual de señalización turística de Galicia aprobado por el Decreto 85/2012, de 16 de febrero, y se regula la imagen y señalética del Camino de Santiago (DOG de 18 de noviembre de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 5 DE NOVIEMBRE DE 2015 POR LA QUE SE MODIFICA EL MANUAL DE SEÑALIZACIÓN TURÍSTICA DE GALICIA APROBADO POR EL DECRETO 85/2012, DE 16 DE FEBRERO, Y SE REGULA LA IMAGEN Y SEÑALÉTICA DEL CAMINO DE SANTIAGO.

El Decreto 85/2012, de 16 de febrero, por el que se modifica el Decreto 138/2008, de 22 de mayo , por el que se regula la señalización turística de Galicia y se aprueba el Manual de señalización turística de Galicia, establece en su disposición final primera la facultad del titular de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de este decreto y, en concreto, para realizar las modificaciones necesarias en el Manual de señalización turística de Galicia.

El Camino de Santiago fue declarado en 1987 como primer itinerario cultural europeo por el Consejo de Europa y, posteriormente, en 1993 el Camino francés recibió la distinción como patrimonio mundial, ampliada recientemente a los Caminos del Norte, que en Galicia afecta a los llamados Camino Norte y Camino Primitivo.

El Camino de Santiago es un itinerario de peregrinación con una dilatada historia de más de 1.200 años que, en la actualidad, está experimentando una importante revitalización. El pasado año fueron cerca de 250.000 los peregrinos que recorrieron más de 100 km a pie o 200 en bicicleta. Esta afluencia proyecta la imagen de Galicia por todo el mundo suponiendo un importante recurso económico para la economía de Galicia.

En Galicia están declarados como Camino de Santiago 1.320 km que discurren por más de cien municipios.

En este sentido, y dado que el Camino de Santiago es uno de los símbolos más consolidados de la imagen de Galicia en el exterior, resulta imprescindible unificar y armonizar la señalización del Camino de Santiago, definiendo y delimitando sus elementos gráficos y diferentes aplicaciones.

Consecuentemente con todo lo anterior, vista la propuesta formulada por la Agencia Turismo de Galicia, y tras el informe de la Asesoría Jurídica, esta consellería, en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONE:

Artículo único

Se modifica el Manual de señalización turística de Galicia aprobado por el Decreto 85/2012, de 16 de febrero, añadiendo un apartado correspondiente a la imagen y señalética del Camino de Santiago; que se incorpora como anexo I de la presente orden.

Disposición transitoria

Los elementos y señales ya existentes y que no se ajusten a lo dispuesto en esta orden deberán adaptarse a sus prescripciones en el plazo de cuatro años desde su entrada en vigor.

Disposición final primera

Se faculta a la persona titular de la Dirección de la Agencia Turismo de Galicia, en el ámbito de sus competencias, para dictar las resoluciones y las instrucciones necesarias para el desarrollo y el cumplimiento de esta orden.

Disposición final segunda

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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