Competencias a la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto

 19/11/2015
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Orden PRE/1003/2015, de 13 de noviembre, por la que se atribuyen determinadas competencias a la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto (BOCYL de 18 de noviembre de 2015). Texto completo.

ORDEN PRE/1003/2015, DE 13 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE ATRIBUYEN DETERMINADAS COMPETENCIAS A LA VICECONSEJERÍA DE FUNCIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO ABIERTO.

El Decreto 2/2015, de 7 de julio , del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, ha asignado a la Consejería de la Presidencia, entre otras, las competencias en materia de función pública.

El Decreto 4/2015, de 17 de julio , del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se crean y regulan las Viceconsejerías, ha creado la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, adscrita a la Consejería de la Presidencia, la cual, en el marco de las competencias propias de dicha consejería, desarrollará, entre otras, sus funciones en las materias de función pública y formación del personal al servicio de la Administración.

En materia de formación de los empleados públicos, la Orden ADM/1697/2009, de 3 de agosto, creó el registro de Formadores, Tutores y Coordinadores en la Escuela de Administración Pública de Castilla y León y la Orden ADM/814/2010, de 7 de junio , estableció los requisitos y el procedimiento de homologación de acciones formativas organizadas por promotores externos a la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Diversas competencias que estaban asignadas en dichas órdenes al secretario general de la antigua Consejería de Administración Autonómica fueron atribuidas a la anteriormente existente Viceconsejería de Función Pública y Modernización por la Orden HAC/1501/2011, de 23 de noviembre.

La nueva organización administrativa hace necesario atribuir a la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto dichas competencias.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y en el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo 1. Homologación de acciones formativas.

Corresponden al titular de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto las competencias que, en materia de homologación de las acciones formativas organizadas por promotores externos a la Administración de Castilla y León, atribuye la Orden ADM/814/2010, de 7 de junio al secretario general.

Artículo 2. Inscripción en el Registro de Formadores.

Corresponde al titular de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto la resolución de inscripción en el Registro de Formadores, Tutores y Coordinadores prevista en la Orden ADM/1697/2009, de 3 de agosto, por la que se crea el registro de Formadores, Tutores y Coordinadores en la Escuela de Administración Pública de Castilla y León.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango contravengan lo establecido en esta orden.

DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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