RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5458-2015, CONTRA LOS ARTÍCULOS 5.DOS (QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 27.5 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA EN MATERIA DE TRIBUTOS CEDIDOS POR EL ESTADO, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2011, DE 28 DE JULIO) Y 84 DE LA LEY DE GALICIA 12/2014, DE 22 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm.5458-2015, promovido por el Presidente del Gobierno contra los arts. 5.dos (que modifica el art. 27.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio) y 84 de la Ley de Galicia 12/2014, de 22 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -30 de septiembre de 2015-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
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