DECRETO 282/2015, DE 2 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 251/2008, DE 12 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA Y LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN INICIAL DE LOS MISMOS.
Mediante el Decreto 251/2008, de 12 de diciembre , se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación inicial y prórroga de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria para la contratación inicial de los mismos, modificado por los Decreto 269/2011, de 11 de noviembre, y Decreto 94/2012, de 1 de junio, con la finalidad de adaptarlo a las previsiones contenidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo , de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Considerando que los plazos para solicitar la subvención para la prórroga de la contratación de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local dependen de la fecha de finalización de su anterior periodo subvencionado, y por tanto, que existen periodos entre las convocatorias que impiden el cumplimiento del plazo inicialmente previsto en las bases reguladoras, resulta necesario habilitar un plazo extraordinario en las convocatorias, con el fin de que puedan solicitar subvención para la prórroga de la contratación, aquellas entidades que no pudieron presentarla en la convocatoria anterior por finalización de la vigencia de la misma.
En virtud de todo ello, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2015, DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Decreto 251/2008, de 12 de diciembre , por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria para la contratación inicial de los mismos.
El Decreto 251/2008, de 12 de diciembre , por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria para la contratación inicial de los mismos, se modifica en los siguientes términos:
Uno. El apartado 1 del artículo 16, queda redactado en los siguientes términos:
1. Durante el periodo de vigencia de cada convocatoria, las entidades beneficiarias podrán solicitar al Servicio Extremeño Público de Empleo, con anterioridad a los treinta días hábiles anteriores a la finalización del periodo ya subvencionado, la prórroga de la subvención por cada agente que se haya contratado, según el modelo que figura como Anexo II.
No obstante, las convocatorias podrán habilitar un plazo mínimo de diez días para que puedan presentarse solicitudes para aquellos casos en los que no hubieran podido ser presentadas en la convocatoria anterior por finalización de la vigencia de la misma.
Dos. Se suprime el último párrafo del artículo 16.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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