Mesa de Contratación de la Presidencia del Gobierno – Lehendakaritza

 14/09/2015
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Orden de 30 de julio de 2015, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se amplía el ámbito de actuación de la Mesa de Contratación de la Presidencia del Gobierno – Lehendakaritza (BOPV de 11 de septiembre de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 30 DE JULIO DE 2015, DEL CONSEJERO DE HACIENDA Y FINANZAS, POR LA QUE SE AMPLÍA EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO - LEHENDAKARITZA.

Por Orden de 2 de marzo de 2015, del Consejero de Hacienda y Finanzas, se regula la Mesa de Contratación de la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, para el ejercicio de las funciones y con el ámbito de actuación previstos en los artículos 7 y 5 del Decreto 136/1996, de 5 de junio, sobre régimen de la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en relación con los expedientes de la Presidencia del Gobierno y del Organismo Autónomo Administrativo Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

Mediante Ley 4/2014, de 27 de noviembre , se crea el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, como un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de la Administración general que tenga atribuida la responsabilidad y funciones relativas al impulso de la política pública de memoria y convivencia, que en la actualidad es Lehendakaritza, en virtud de lo establecido en el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre , del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y en el Decreto 187/2013, de 9 de abril , por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza.

La Disposición Adicional Primera de la precitada Ley establece que el Instituto iniciará sus actividades en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la misma, por lo que, se ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar la Mesa de Contratación de la Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza, a los efectos de ampliar su ámbito de actuación a los expedientes relativos al Instituto.

Por todo lo expuesto, en virtud de lo establecido en el artículo 4 y en la disposición adicional novena del Decreto 136/1996, de 5 de junio , a propuesta del Secretario General de la Presidencia y previo informe de la Junta Asesora de la Contratación Administrativa,

DISPONGO:

Artículo único.- Se modifica el párrafo 1 del artículo único de la Orden de 2 de marzo de 2015, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se regula la Mesa de Contratación de la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, que queda redactado en los siguientes términos:

“1.- Adscrita a la Dirección de Servicios se crea la Mesa de Contratación de la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, para el ejercicio de las funciones y con el ámbito de actuación previstos en los artículos 7 y 5 del Decreto 136/1996, de 5 de junio, en relación con los expedientes de la Presidencia del Gobierno y de los Organismos Autónomos Administrativos Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer e Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos.”

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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