RESOLUCIÓN DE 26 DE AGOSTO DE 2015, DE LA SECRETARÍA GENERAL, POR LA QUE SE ACUERDA PUBLICAR EL FALLO DE LA SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA (SECCIÓN PRIMERA) DE 18 DE MAYO DE 2015, POR LA QUE SE DECLARA NULA LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA DEL DECRETO 8/2013, DE 20 DE FEBRERO, DE MEDIDAS PARA EL FOMENTO DEL ACCESO A LA VIVIENDA PROTEGIDA
La Sentencia n.º 292 de 18 de mayo de 2015, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 1.ª) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, dictada en el Procedimiento Ordinario n.º 177/2013, acuerda declarar la nulidad de la disposición transitoria cuarta del Decreto 8/2013, de 20 de febrero , de medidas para el fomento del acceso a la vivienda protegida.
Mediante oficio de 30 de junio de 2015, del Secretario Judicial, se remite certificación literal de la sentencia con el carácter de firme.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y una vez que se ha producido la firmeza de la sentencia, se procede a publicar el fallo de la misma, cuyo tenor literal es el siguiente:
Que, rechazando la causa de inadmisibilidad opuesta por la Administración Autonómica demandada, entramos en el fondo y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la parte actora contra el Decreto 8/2013, de veinte de febrero, de la castellano-manchega Consejería de Fomento de medidas para el fomento del acceso a la vivienda protegida, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha quince de marzo de 2013, del cual declaramos nula su disposición transitoria cuarta, en su relación interpretativa con el apartado segundo de la disposición final primera.
Con condena en costas a la Administración demandada.
Firme que sea esta sentencia con el sentido que antecede, publíquese en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el fallo de la misma.
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