DECRETO 3/2015, DE 7 DE JULIO, DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, POR EL QUE SE ATRIBUYEN DETERMINADAS FUNCIONES A LA VICEPRESIDENTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.
El artículo 23 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León señala que los Vicepresidentes ejercerán las funciones que les sean atribuidas normativamente y las que el Presidente o la Junta les encomienden.
En su virtud,
DISPONGO
Artículo único. Atribución de funciones.
1.- La Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León, además de las funciones que le corresponden por ley, ejercerá las siguientes:
a) La coordinación de la acción del Gobierno y en especial la correspondiente al área social que gestionan las consejerías prestadoras de los servicios públicos esenciales.
b) El impulso, fomento y coordinación del diálogo social con los representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.
c) El impuso del diálogo con los representantes de los trabajadores autónomos.
d) El impulso y la coordinación de la Agenda para la Población.
e) La dirección política y la coordinación de las Delegaciones Territoriales.
f) La presidencia de la Comisión General de Coordinación Territorial.
2.- Asimismo, corresponderá a la Vicepresidenta proponer a la Junta de Castilla y León el nombramiento y separación de los Delegados Territoriales, así como, en su caso, determinar su suplencia de conformidad con lo previsto en el artículo 49.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
DISPOSICIÓN FINAL
Única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Noticia aún sin comentar.
Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:
Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.