DECRETO DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MALLORCA POR EL CUAL SE CREAN LAS DIRECCIONES INSULARES Y LAS SECRETARÍAS TÉCNICAS EN QUE SE DEBEN ESTRUCTURAR LOS DEPARTAMENTOS
El presidente del Consejo de Mallorca, hoy, ha resuelto:
El presidente, mediante decreto dictado hoy, ha resuelto crear los departamentos en que ha quedado estructurado el Consejo de Mallorca.
Fundamentos
En el art. 30 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno de día 2 de julio de 2001 (BOIB n.º. 102, de 15 de agosto) y modificado por diversos acuerdos posteriores, se determina que cada departamento del Consejo de Mallorca se puede estructurar internamiento en una dirección insular o en más direcciones insulares, que son órganos directivos a los cuales corresponde la gestión, bajo la dirección del consejero ejecutivo correspondiente, de las diversas áreas funcionalmente homogéneas que conforman el departamento respectivo.
Igualmente, puede haber en cada departamento del Consejo de Mallorca una secretaría técnica, que es el órgano directivo para gestionar, bajo la autoridad del consejero ejecutivo, los servicios comunes del departamento correspondiente.
Por eso, resuelvo:
1. Estructurar internamente los departamentos que integran el Gobierno del Consejo de Mallorca en los términos siguientes.
- Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes
Secretaría técnica
Dirección Insular de Cultura
Dirección Insular de Deportes
Dirección Insular de Patrimonio
- Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia
Secretaría técnica
Dirección Insular de Presidencia y Relaciones Institucionales
Dirección Insular de Participación Ciudadana y Juventud
Dirección Insular de Igualdad
- Departamento de Economía y Hacienda
Secretaría técnica
Dirección Insular de Turismo, Promoción Económica y Artesanía
Dirección Insular de Hacienda y Presupuestos
- Departamento de Territorio e Infraestructuras
Secretaría técnica
Dirección Insular de Territorio y Paisaje
Dirección Insular de Urbanismo
Dirección Insular de Infraestructuras y Movilidad
- Departamento de Bienestar y Derechos Sociales
Dirección Insular de Atención en la Dependencia
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Dirección Insular de Menores y Familia
Dirección Insular de Inclusión Social
- Departamento de Medio Ambiente
Secretaría Técnica
Dirección Insular de Medio Ambiente
Dirección Insular de Residuos
- Departamento de Desarrollo Local
Secretaría Técnica
Dirección Insular de Cooperación Local y Caza
Dirección Insular de Emergencias
- Departamento de Modernización y Función Pública
Secretaría Técnica
Dirección Insular de Función Pública
Dirección Insular de Modernización e Innovación
2. Publicar el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que empieza a regir el mismo día en que se publica.
3. Publicar el contenido de esta resolución en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.
4. Derogar todas las disposiciones de rango igual o inferior que se oponen a lo que se establece en este decreto.
5. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar.
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