Currículo de la enseñanza de Religión Católica de la Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato

 03/07/2015
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Resolución de 9 de junio de 2015, del Director General de Ordenación Académica, por la que se publica el currículo de la enseñanza de Religión Católica de la Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato (BOA de 2 de julio de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 9 DE JUNIO DE 2015, DEL DIRECTOR GENERAL DE ORDENACIÓN ACADÉMICA, POR LA QUE SE PUBLICA EL CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE RELIGIÓN CATÓLICA DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO.

El Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales garantiza que el alumnado de la Educación Primaria y Secundaria obligatoria que así lo solicite tiene derecho a recibir enseñanza de la Religión Católica e indica que a la Jerarquía eclesiástica le corresponde señalar los contenidos de dicha enseñanza. De conformidad con dicho Acuerdo, la Disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre , para la Mejora de la Calidad Educativa, que ha modificado la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo , establece que se incluirá la Religión Católica como área o materia en los niveles educativos que corresponda, que será de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para los alumnos.

Asimismo, dispone que la determinación del currículo y de los estándares de aprendizaje evaluables que permitan la comprobación del logro de los objetivos y adquisición de las competencias correspondientes a la asignatura Religión es competencia de la autoridad religiosa. Las decisiones sobre utilización de libros de texto y materiales didácticos y, en su caso, la supervisión y aprobación de los mismos corresponden a la autoridad religiosa, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo suscrito con el Estado español.

El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre , por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, indica en su Disposición adicional tercera, que la determinación del currículo de la enseñanza de Religión Católica y de las diferentes confesiones religiosas con las que el Estado español ha suscrito Acuerdos de Cooperación en materia educativa será competencia de la jerarquía eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas.

De acuerdo con los preceptos indicados, la Conferencia Episcopal Española ha determinado los currículos de la enseñanza de la Religión Católica para la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.

En la Comunidad Autónoma de Aragón, los obispos de la Iglesia Católica en Aragón han concretado el desarrollo curricular de la misma para la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.

En su virtud, a propuesta de los obispos de la Iglesia Católica en Aragón, resuelvo:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

La presente resolución tiene por objeto dar publicidad al currículo de la asignatura de Religión Católica de la Educación Secundaria Obligatoria que se incluye en el anexo I y al currículo de la asignatura de Religión Católica de Bachillerato que se incluye en el anexo II.

Segundo.- Publicación.

Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Aragón".

Anexos

Omitidos.

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