Estructura Orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente

 05/05/2015
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Decreto 31/2015, de 30 de abril, por el que se modifica el Decreto 34/2011, de 7 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente (BOCYL de 4 de mayo de 2015). Texto completo.

DECRETO 31/2015, DE 30 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 34/2011, DE 7 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE.

El Decreto 34/2011, de 7 de julio , estableció la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

En dicho Decreto se dispone el ámbito competencial de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, los órganos directivos centrales en los que se estructura y las atribuciones de cada uno de ellos.

La vacante en la Consejería de Fomento y Medio Ambiente como consecuencia del cese de su titular determina la necesidad de atender de forma puntual las necesidades de funcionamiento de la Consejería. De este modo, por Acuerdo 2/2015, de 30 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, se dispone que mientras esté vacante la titularidad de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente se encargará del ejercicio de sus funciones el Consejero de la Presidencia.

Más allá de lo anterior y con la finalidad de contribuir a facilitar la gestión y la acción de la Consejería, se considera necesario atribuir a la Secretaría General las funciones de coordinación de un sector específico de la Consejería, el ámbito de la protección civil y del medio natural.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Hacienda e iniciativa del Consejero de Fomento y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 30 de abril de 2015

DISPONE

Artículo único. Modificación del Decreto 34/2011, de 7 de julio , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Se añade un apartado 3 al artículo 4 del Decreto 34/2011, de 7 de julio, que queda redactado como sigue:

“3. Igualmente, actuará como segunda autoridad en el ámbito de la protección civil y del medio natural ejerciendo las funciones de coordinación en las materias de medio natural, protección ciudadana y seguridad pública, coordinación de policías locales, espectáculos públicos y actividades recreativas.”

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

El titular de la Secretaría General, durante el tiempo de vigencia del presente Decreto, ostentará el rango de Viceconsejero.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente decreto estará en vigor desde el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y mantendrá su vigencia hasta la aprobación de una nueva estructura orgánica para la Consejería que ostente las competencias en materia de fomento y medio ambiente.

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