Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1012-2015

 30/04/2015
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1012-2015, en relación con los artículos 1, 4 y 7.4 de la Norma Foral 16/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Territorio Histórico de Gipuzkoa y los artículos 107 y 110.4 de la Ley de Haciendas Locales, por posible vulneración de los artículos 24 y 31 de la Constitución (BOE de 30 de abril de 2015). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 1012-2015, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 1, 4 Y 7.4 DE LA NORMA FORAL 16/1989, DE 5 DE JULIO, DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA Y LOS ARTÍCULOS 107 Y 110.4 DE LA LEY DE HACIENDAS LOCALES, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 24 Y 31 DE LA CONSTITUCIÓN.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de abril actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 1012-2015 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 3 de Donostia-San Sebastián, en el procedimiento abreviado núm. 245/2014, en relación con los arts. 1, 4 y 7.4 de la Norma Foral 16/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Territorio Histórico de Gipuzkoa y los arts. 107 y 110.4 de la Ley de Haciendas Locales, por posible vulneración de los arts. 24 y 31 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 245/2014, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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