Norma técnica específica de producción integrada de puerro

 24/04/2015
 Compartir: 

Orden de 15 de abril de 2015 por la que se aprueba la norma técnica específica de producción integrada de puerro en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 23 de abril de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 15 DE ABRIL DE 2015 POR LA QUE SE APRUEBA LA NORMA TÉCNICA ESPECÍFICA DE PRODUCCIÓN INTEGRADA DE PUERRO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

El Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre , por el que se regula la producción integrada de productos agrícolas y en el Decreto 87/2000, de 14 de abril , por el que se regula la producción integrada en productos agrarios en la Comunidad Autónoma de Extremadura, establecen las normas generales de producción integrada, entendida como aquel sistema agrario de producción, transformación y comercialización que utiliza al máximo los recursos y los mecanismos de producción naturales y asegura a largo plazo una agricultura sostenible, introduciendo en ella métodos biológicos, químicos y otras técnicas que compatibilicen la protección del medio ambiente y la productividad agrícola.

Considerando que el cultivo del puerro tiene particularidades agronómicas y fitosanitarias específicas, así como requisitos propios en su manipulación, conservación y comercialización, procede la elaboración de una norma técnica específica del producto.

De acuerdo con el artículo 3 del citado Real Decreto y el artículo 2 del Decreto 87/2000, de conformidad con el Decreto 209/2011, de 5 de agosto , por el que se prueba la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en cuyo artículo 3 se atribuye a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, la ordenación de la producción integrada, se hace necesaria la aprobación mediante orden de una norma técnica específica para el producto mencionado que regule la producción, manipulación, conservación y comercialización posteriores.

En el procedimiento de elaboración de esta disposición han sido consultadas las entidades representativas del sector afectado.

En virtud de lo expuesto, DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

Por la presente orden se aprueba la norma técnica específica de producción integrada de puerro en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que figura como Anexo a la presente disposición.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

La presente orden es de aplicación al cultivo del puerro, en sus fases del proceso de producción, manipulación, conservación y comercialización, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura bajo el sistema de producción integrada, y contiene todas aquellas prácticas que resultan de obligado cumplimiento para los operadores.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexo Omitido.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. INAP: Novedad editorial: “Manual básico de Administración Electrónica. La nueva regulación del procedimiento administrativo sin papel (2.ª edición)”
  2. Tribunal Supremo: Se puede incluir, en la relación de aspirantes que superan la fase de oposición, a un opositor que participa en el proceso selectivo en el turno de personas con discapacidad y que obtiene una puntuación inferior a los del turno libre
  3. Tribunal Supremo: Cuando coincidan aprovechamiento especial y uso privativo del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, se deberá justificar la intensidad de cada uno de ellos para cuantificar la tasa a aplicar a cada uno
  4. INAP: Ya está disponible el boletín n.º 12 "¿De qué habla la Comunidad de Formación?"
  5. Actualidad: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Del 1 al 7 de octubre de 2025)
  6. INAP: Nueva sesión de INAP Talks: “La administración defensiva: La carga invisible del liderazgo”
  7. Agenda: Programa UCM de Inteligencia Artificial: Gobernanza Institucional y Ética
  8. INAP: Procesos selectivos: Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (Promoción Interna)
  9. Legislación: Acceso y provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad intelectual en la Administración
  10. Estudios y Comentarios: La formación en transparencia y acceso a la información como mecanismo de lucha contra la corrupción

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana