ORDEN HAC/266/2015, DE 30 DE MARZO, QUE MODIFICA LA ORDEN HAC/612/2013, DE 16 DE JULIO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN TELEMÁTICA DE DOCUMENTOS DE CARÁCTER TRIBUTARIO O RECAUDATORIO GESTIONADOS POR LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Y EL PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE COPIAS SIMPLES ELECTRÓNICAS.
Según dispone el apartado 2 de la Disposición Final Tercera del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre , la autorización de las diligencias que sirven de justificante para la presentación y pago telemáticos de las declaraciones, autoliquidaciones y cualquier documento con trascendencia tributaria le corresponde al titular de la consejería competente en materia de hacienda.
La Consejería de Hacienda reguló mediante Orden HAC/612/2013, de 16 de julio , los procedimientos de tramitación telemática de documentos de carácter tributario o recaudatorio gestionados por la Comunidad de Castilla y León y el procedimiento de presentación telemática de copias simples electrónicas.
Resulta necesario modificar las diligencias de todos los modelos de autoliquidación susceptibles de presentación telemática, incorporar las especificidades del modelo de autoliquidación 610, para el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y autorizar las diligencias de pago y presentación telemáticos de los modelos 042, 043 y 045.
Para instrumentar estas medidas se sustituye lo dispuesto en el Anexo I de la Orden HAC/612/2013, de 16 de julio , por lo recogido en la presente orden.
Por todo lo expuesto y en virtud de las competencias anteriormente citadas,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Anexo I.
Se modifica el Anexo I de la Orden HAC/612/2013, de 16 de julio , por la que se establecen los procedimientos de tramitación telemática de documentos de carácter tributario o recaudatorio gestionados por la Comunidad de Castilla y León y el procedimiento de presentación telemática de copias simples electrónicas, que se sustituirá por el Anexo I de esta disposición.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Anexos
Omitidos.
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