Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación

 07/04/2015
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Resolución de 31 de marzo de 2015, de la Secretaría General de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en relación con la Ley 8/2014, de 20 de noviembre, por la que se modifica la Ley 2/2010, de 13 de mayo, de Comercio de Castilla-La Mancha (DOCM de 6 de abril de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 31 DE MARZO DE 2015, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA EN RELACIÓN CON LA LEY 8/2014, DE 20 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/2010, DE 13 DE MAYO, DE COMERCIO DE CASTILLA-LA MANCHA

Adoptado el acuerdo previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, y, de conformidad con lo establecido en su letra c), se procede a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, como anexo de la presente resolución.

“Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en relación con la Ley 8/2014, de 20 de noviembre, por la que se modifica la Ley 2/2010, de 13 de mayo , de Comercio de Castilla-La Mancha.

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º) Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con el artículo 1.Cinco de la Ley 8/2014, de 20 de noviembre, por la que se modifica la Ley 2/2010, de 13 de mayo , de Comercio de Castilla-La Mancha ya que dicho artículo modifica el apartado 3 del artículo 49 de la Ley de Castilla-La Mancha 2/2010.

2.º) Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3.º) Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Madrid, 25 de febrero de 2015”.

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