Subvenciones a entidades locales para evitar el corte de suministro de energía eléctrica y gas a familias en riesgo de exclusión social

 16/03/2015
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Orden 3/2015, de 9 de marzo, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, por la que se modifica la Orden 6/2014, de 30 de mayo, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para evitar el corte de suministro de energía eléctrica y gas a familias en riesgo de exclusión social (BOR de 13 de marzo de 2015) Texto completo.

ORDEN 3/2015, DE 9 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 6/2014, DE 30 DE MAYO, DE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA EVITAR EL CORTE DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y GAS A FAMILIAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL

Mediante la Orden 6/2014, de 30 de mayo, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para evitar el corte del suministro de energía eléctrica y gas a familias en riesgo de exclusión.

En la concesión de las ayudas efectuada en 2014, por parte de las corporaciones locales, se ha puesto de manifiesto la imposibilidad de atender el corte de suministros en los casos en los que el arrendador de la vivienda no ha modificado la titularidad del contrato de suministro con ocasión del arrendamiento.

La necesidad de atender estos supuestos, de personas que no siendo titulares del contrato de suministro, están obligadas a abonar dicho suministro en virtud del contrato de arrendamiento, y pueden verse privadas de estos suministros básicos, hace necesario modificar las bases reguladoras.

En consideración de lo expuesto y previos los informes de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, de la Dirección General de los Servicios Jurídicos y de la Intervención Delegada en la Consejería, apruebo la siguiente,

ORDEN

Artículo Único. Modificación de la Orden 6/2014, de 30 de mayo por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para evitar el corte de suministro de energía eléctrica y gas a familias en riesgo de exclusión social.

Se incorpora el apartado 3 al artículo 3 con la siguiente redacción:

'3. A los efectos previstos en este artículo, se equipara la condición de 'titular del contrato de suministro', con la del arrendatario de una vivienda, que aun no siendo titular del contrato de suministro, está obligado a abonar dicho suministro en virtud del contrato de arrendamiento.

En este caso, se entenderá por 'requerimiento fehaciente de pago' el realizado al arrendador'.

Disposición Final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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