Modificación de la jornada escolar

 29/01/2014
 Compartir: 

Orden EDU/20/2014, de 20 de enero, por la que se modifica la Orden de 7 de febrero de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el procedimiento de autorización de modificación de la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil y/o Primaria de la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 28 de enero de 2014). Texto completo.

ORDEN EDU/20/2014, DE 20 DE ENERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 7 DE FEBRERO DE 2001, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE MODIFICACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y/O PRIMARIA DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

El procedimiento de autorización de modificación de la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de educación infantil y/o primaria de la Comunidad de Castilla y León está regulado por la Orden de 7 de febrero de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, modificada por la Orden EDU/1766/2003, de 26 de diciembre.

El seguimiento realizado desde la entrada en vigor de dicha disposición y la experiencia adquirida en la aplicación del procedimiento en ella dispuesto, recomienda actualizar dicha normativa con objeto de mejorar y concretar algunos de sus aspectos.

Por otro lado, el hecho de que la citada orden se vea afectada por el Decreto 2/2011, de 27 de junio , del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, y por la distribución de competencias determinada en el Decreto 38/2011, de 7 de julio , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, hace precisa la sustitución de las referencias orgánicas concretas en ella contenidas por otras genéricas en atención a la competencia, de forma que la norma no se vea alterada por este motivo durante su vigencia.

En su virtud y en atención a las facultades conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio , del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previo dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden de 7 de febrero de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el procedimiento de autorización de modificación de la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil y/o Primaria de la Comunidad de Castilla y León.

La Orden de 7 de febrero de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el procedimiento de autorización de modificación de la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil y/o Primaria de la Comunidad de Castilla y León, queda modificada como sigue:

Uno. El artículo 5 queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 5. Prórroga.

1. El director o directora del centro, previo informe favorable de la mayoría absoluta de los miembros del consejo escolar, podrá solicitar al titular de la dirección provincial de educación, a partir del segundo curso escolar autorizado y durante el mes de febrero, sucesivas prórrogas de autorización de la jornada continua por un curso escolar.

2. El titular de la dirección provincial de educación en el plazo de quince días desde la recepción de la solicitud dictará resolución, autorizando o denegando la prórroga de la jornada escolar continua para su traslado a los centros afectados antes de la apertura del plazo para la libre elección de centro.

3. Contra la resolución de prórroga podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la delegación territorial de la Junta de Castilla y León en la correspondiente provincia, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación.

4. Una vez finalizado el proceso y mediante la cumplimentación del modelo que se recoge en el Anexo, el titular de la Dirección Provincial de Educación remitirá a la Dirección General competente en materia de modificación de jornada escolar la información relativa a las solicitudes tramitadas, indicando si se ha autorizado o no la prórroga y, en su caso, el motivo de la denegación.”

Dos. Se incorpora un Anexo en los términos que aparece en el Anexo de esta orden.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Referencias orgánicas.

1.- Las referencias que en la Orden de 7 de febrero de 2001, se realizan a la Consejería de Educación y Cultura se entenderán efectuadas a la consejería competente en materia de educación.

2.- Las referencias que en la citada orden se realizan a la Dirección General y al Director General, de Planificación y Ordenación Educativa, se entenderán efectuadas a la dirección general competente en materia de modificación de jornada escolar y a la persona titular de la citada dirección general, respectivamente.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 23 al 29 de septiembre de 2026)
  2. Estudios y Comentarios: La rentabilidad razonable como estándar de confianza legítima del inversor en los sectores regulados. A propósito del sector eléctrico
  3. Actualidad: Más de 1.500 personas aspiran a 82 plazas de la OEP en la Administración General del Gobierno de Cantabria
  4. Tribunal Supremo: Aprecia el TS que la Junta de Andalucía ha incurrido en inactividad reglamentaria al no regular el régimen retributivo del personal investigador del Instituto de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica
  5. Actualidad: Constituida la Red Iberoamericana de Organismos de Control Interno Gubernamental, donde estará presente la Intervención General del Estado
  6. Tribunal Supremo: El TS confirma los Acuerdos del JPEF de Bizkaia que fijan el justiprecio de las fincas expropiadas para constituir una servidumbre de paso aéreo de una línea eléctrica de alta tensión a favor de una empresa privada que ostenta el monopolio de distribución
  7. INAP: Celebrada la inauguración del 13.º Congreso GIGAPP (gobierno, administración y políticas públicas) Red Iberoamericana de Investigación, en la sede del INAP de Alcalá de Henares
  8. INAP: Inaugurado en la sede del INAP en Alcalá de Henares el Curso de Liderazgo e Innovación para Directivos Públicos Latinoamericanos
  9. INAP: ETGOA: Enunciado del primer ejercicio realizado el 21 de septiembre de 2026
  10. Actualidad: El ministro Óscar López se reúne con la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana