Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5370-2013

 04/11/2013
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5370-2013, en relación con el artículo 2.1 y 2.2.º.2.1 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, por posible vulneración de los artículos 9.3 y 33.3 de la Constitución (BOE de 1 de noviembre de 2013). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5370-2013, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 2.1 Y 2.2.º.2.1 DEL REAL DECRETO-LEY 20/2012, DE 13 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 9.3 Y 33.3 DE LA CONSTITUCIÓN.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5370-2013 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado núm. 260/2013, en relación con el art. 2.1 y 2.2.º.2.1 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, por posible vulneración de los arts. 9.3 y 33.3 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 260/2013, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, 22 de octubre de 2013.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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