Estructura de la Ertzaintza

 17/09/2013
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Orden de 2 de septiembre de 2013, de la Consejera de Seguridad, por la que se modifica la Orden de estructura de la Ertzaintza (BOPV de 16 de septiembre de 2013). Texto completo.

ORDEN DE 2 DE SEPTIEMBRE DE 2013, DE LA CONSEJERA DE SEGURIDAD, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE ESTRUCTURA DE LA ERTZAINTZA.

Esta Orden tiene como objetivo mejorar las funciones que se desempeñan en las Unidades de Brigada Móvil y Brigada de Refuerzo mediante la unificación de las funciones que venían siendo desempeñadas de forma diferenciada por estas dos Unidades, dentro de la Unidad de Brigada Móvil.

Por lo anterior, en virtud de la competencia prevista en el artículo 107.2 de la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco,

RESUELVO:

Artículo primero.- Se suprime, dentro del apartado III.1 Seguridad Ciudadana el punto 3 “Unidad de Brigada de Refuerzo”, del anexo I de la Orden de estructura de la Ertzaintza. Mediante Orden de 26 de junio de 2013 de la Consejera de Seguridad, de modificación de la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza, se crearon puestos de apoyo en la Unidad de Brigada Móvil para asumir las funciones desempeñadas en la Brigada de Refuerzo.

Artículo segundo.- La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Recursos.- Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Seguridad en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses. En ambos casos los plazos de interposición se contarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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