El Instituto Metropolitano del Taxi tiene hasta junio de 2013 para adaptar la norma a la legislación andaluza
Laopiniondegranada.es 10.09.12
Las partes tienen hasta junio de 2013 para aprobar esta ordenanza de acuerdo a los plazos fijados para todos los municipios andaluces tras la entrada en vigor del reglamento andaluz del taxi, elaborado y aprobado por la Junta de Andalucía.
En el caso de Granada y su cinturón se pretende elaborar una normativa basada en la figura del área de prestación conjunta que recoge el reglamento andaluz, que permite a los taxistas ofrecer sus servicios en cualquiera de los municipios que la integran. No obstante, aún no está decidido si aquí se va "abrir totalmente" el servicio como se ha hecho en otros lugares.
Una de las posibilidades a las que se apunta es que un taxista pueda recoger a un usuario en otro término municipal si el servicio se solicita "vía reserva telefónica" pero regulándolo de tal modo que se favorezca que cada profesional opere en las paradas del término municipal donde le fue dada la licencia.
En todo caso, el objetivo es garantizar la prestación de un buen servicio al ciudadano "esté donde esté" y a "cualquier hora", siendo el aeropuerto y la estación de esquí de Sierra Nevada algunas de las prioridades desde el punto de vista turístico.
El asunto es objeto de controversia, ya que los taxistas de la capital defienden que si ya en la actualidad Granada es la ciudad española con más taxis por habitante, la llegada indiscriminada de nuevos compañeros del área metropolitana les dificultaría la supervivencia, al tiempo que la población del cinturón podría quedar desatendida.
Una vez elaborado, el documento tendrá que pasar los filtros jurídicos correspondientes para garantizar que no incumple ninguna de las exigencias del reglamento andaluz, entre los que se incluye el paso por el Consejo Consultivo de Andalucía, según han añadido las mismas fuentes.
El Instituto Metropolitano del Taxi está presidido por la Diputación de Granada y en él están representados la Junta, el Ayuntamiento de la capital y los consistorios del área metropolitana.
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