El Ayuntamiento de Móstoles recurre la sentencia del TSJM sobre las autoescuelas

 12/06/2012
 Compartir: 

El Ayuntamiento de Móstoles ha recurrido la sentencia que dictó el pasado 19 de abril el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que declara nulo el decreto que aprobó el consistorio en 2008 para regular las prácticas de los vehículos de las autoescuelas en el municipio.

elEconomista.es 11/06/2012

La concejal de Participación Ciudadana y Administración Pública, Vanesa Martínez, ha anunciado hoy la decisión de la Junta de Gobierno de interponer un recurso de casación contra la mencionada sentencia, motivada por el recurso interpuesto en su día la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid.

En contra de la sentencia del TSJM, los servicios jurídicos del ayuntamiento consideran que la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación, en su artículo 82 faculta al alcalde de Móstoles para regular, mediante un decreto, dichas prácticas de conducción de las autoescuelas en el término municipal.

Dicho decreto "se limita a determinar los lugares y horarios para realizar las prácticas de conducción, y diferencia si se está realizando el control de aptitudes por los examinadores de la Jefatura Provincial de Tráfico o no", explican los servicios jurídicos.

Asimismo, para los servicios jurídicos municipales no es necesaria una ordenanza especial para regular las prácticas de conducción de la autoescuelas, como dice el TSJM, debido al carácter instrumental de los Bandos o decretos de Alcaldía.

Para resolver un "problema de movilidad del tráfico" el Ayuntamiento de Móstoles decidió en 2008 limitar los días y lugares en los que la Jefatura Provincial de Tráfico podía realizar exámenes de conducir en la ciudad.

También limitó la realización de prácticas de las autoescuelas de fuera de la ciudad, para impedir que circularan los fines de semana y festivos y fuera de los horarios que el ayuntamiento marcó, del mismo modo estableció multas de hasta 300 euros para las autoescuelas que incumplieran la ordenanza.

Frente a la sentencia del TJSM, el recurso que ha presentado el ayuntamiento defiende que el decreto no vulnera los principios de libertad de empresa y libre competencia, que deben entenderse como la concurrencia en igualdad de condiciones en el desarrollo de la actividad productiva.

"La actividad que desarrollan las autoescuelas se lleva a cabo sin restricciones y en igualdad de condiciones, dentro de los días y horarios establecidos", defienden desde el ayuntamiento.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Gobierno presenta el Catálogo de Prescripciones Técnicas para impulsar la contratación pública ecológica
  2. Tribunal Supremo: La prórroga del contrato administrativo de gestión de servicio debe regirse por lo previsto en su clausulado, sin que quepa admitir la existencia de una potestad extraordinaria de la Administración para desviarse de aquel
  3. INAP: Segunda convocatoria del Programa de Aprendizaje Directivo 2026
  4. Estudios y Comentarios: La ejecución de los fondos europeos para la recuperación a partir del Reglamento de la UE 2021/241 y del Real Decreto Legislativo 36/2020
  5. Tribunal de Justicia de la Unión Europea: Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-151/24 | [Luevi]
  6. INAP: ¿Qué recoge el TREBEP sobre las situaciones administrativas: la suspensión de funciones?
  7. Tribunal Supremo: Los umbrales de saciedad pueden ser “adecuados y necesarios para la correcta ponderación de criterios buscando un equilibrio entre la objetividad y la finalidad del contrato” y para identificar la oferta que refleje “la mejor relación calidad-precio” (STS, Sala 3ª, Secc. 3ª, núm. 205/2026, de 23 de febrero de 2026 - recurso de casación 1584/2023, ROJ: STS 780/2026, ponente B.M. Santillán Pedrosa)
  8. Legislación: Derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos de las personas extranjeras que encontrándose en España no tengan su residencia legal en el territorio español
  9. Legislación: Bases generales de procesos de selección de personal funcionario de carrera de la Audiencia de Cuentas
  10. INAP: El INAP facilita el acceso a la colección de Códigos de Oposiciones +q Códigos, elaborada por el BOE

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana