GRAPO

El Supremo revisará el 21 de marzo la condena a Gemma Belén Rodríguez por colocar una bomba en una ETT de Vigo

 09/03/2012
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El Tribunal Supremo revisará el próximo 21 de marzo la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a 15 años de cárcel a la integrante de los Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre (GRAPO) Gemma Belén Rodríguez Miguel por colocar una bomba en una empresa de trabajo temporal (ETT) de Vigo que explotó el 27 de septiembre de 2000.

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo revisará el próximo 21 de marzo la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a 15 años de cárcel a la integrante de los Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre (GRAPO) Gemma Belén Rodríguez Miguel por colocar una bomba en una empresa de trabajo temporal (ETT) de Vigo que explotó el 27 de septiembre de 2000.

La Sala de lo Penal analizará en una vista pública el recurso de casación para posteriormente dictar una sentencia de la que será ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, informaron fuentes jurídicas.

El tribunal impuso el pasado mes de octubre una pena de 15 años de cárcel y otra de 21 de inhabilitación absoluta al considerar culpable a la miembro de los GRAPO de un delito de estragos terroristas cometido en un atentado en el marco de la "campaña" contra este tipo de empresas que había diseñado la cúpula de la organización.

Según los hechos probados, Rodríguez Miguel acudió sobre las 19.00 horas del 26 de septiembre de 2000 a la ETT Ader, situada en el número 27 de la calle Urdaiz de Vigo, para interesarse por los trámites que debía seguir su hermana para inscribirse.

Después, pidió ir al servicio, que sólo era utilizado por los empleados, y colocó en un mueble bajo la pila un artefacto temporizado que contenía un kilogramo de explosivo denominado 'termita' que había sido reforzado con unos 50 gramos de 'pentrita'.

Sobre las tres de la madrugada del día siguiente la bomba hizo explosión, provocando daños en el interior del local, situado en el denominado Edificio El Reloj, y en un vehículo aparcado en las inmediaciones del lugar.

La acción fue reivindicada por los GRAPO mediante una llamada telefónica, hecha por una mujer, a una empresa con la que compartía centralita la compañía atacada, y otra llamada al periódico 'Faro de Vigo'. Además se atribuyó el atentado en otros comunicados remitidos a varios periódicos.

CINCO AÑOS SIN VOLVER A VIGO

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal también impuso a la terrorista la prohibición de volver a Vigo durante los cinco años posteriores a su salida de la cárcel y obligó a indemnizar con más de 36.000 euros a las empresas y particulares que sufrieron daños materiales como resultado de la explosión.

Rodríguez Miguel fue condenada en enero de 2006 por la Justicia francesa a cinco años de cárcel por un delito de asociación de malhechores. Además, la Audiencia Nacional le impuso siete años de prisión en junio de 2009 por un delito de robo con violencia en el que incurrió al atracar ocho años antes un furgón de la empresa Prosegur en Cantabria.

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