DECRETO 372/2023, DE 18 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE EL PLAN HIDROLGICO INSULAR DE LA DEMARCACIN HIDROGRFICA DE TENERIFE, TERCER CICLO (2021-2027).
El vigente Plan Hidrolgico Insular de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife, segundo ciclo de planificacin, fue aprobado por Decreto 168/2018, de 26 de noviembre #(050984)# (BOC n.º 250, de 27.12.2018, correccin de errores en BOC n.º 6, de 10.1.2019), con la finalidad de cumplir la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre #(060476)# de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuacin en el mbito de la poltica de aguas.
La referida Directiva 2000/60 #(060476)# /CE configura la demarcacin hidrogrfica como principal unidad de aplicacin de las normas de proteccin de la calidad de las aguas. Su transposicin al Derecho español fue realizada mediante la Ley 62/2003, de 30 de diciembre #(000602)#, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, cuyo artculo 129 #(039917) ar.129# modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio #(001109)#, contemplando la obligacin de elaborar, para cada cuenca hidrogrfica, el correspondiente Plan Hidrolgico.
Por su parte, la Ley 12/1990, de 26 de julio #(002829)#, de Aguas, en su artculo 5 #(060476) ar.5# bis, delimita cada isla como demarcacin hidrogrfica independiente, es decir, como unidad territorial de gestin integral de las aguas, siendo el Gobierno de Canarias la autoridad coordinadora competente de las demarcaciones hidrogrficas en el mbito territorial de la Comunidad Autnoma de Canarias, a los efectos de la aplicacin de la Directiva 2000/60/CE, de acuerdo con lo previsto en el artculo 6 bis de la citada Ley de Aguas.
Pues bien, el presente Plan tiene por objeto establecer las medidas para conseguir los objetivos de la planificacin hidrolgica en la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife, y concretamente, para las masas de agua y las zonas protegidas, los objetivos ambientales definidos en el artculo 92 bis del texto refundido de Ley de Aguas.
El contenido de los planes hidrolgicos insulares se regula en el artculo 38 #(002829) ar.38# de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, y su desarrollo mediante el Decreto 165/2015, de 3 de julio #(036177)#, por el que se aprueba la Instruccin de Planificacin Hidrolgica para las Demarcaciones Hidrogrficas Intracomunitarias de la Comunidad Autnoma de Canarias. El objeto de esta instruccin de planificacin hidrolgica es el establecimiento de los criterios tcnicos para la homogeneizacin y sistematizacin de los trabajos de elaboracin de los planes hidrolgicos de las demarcaciones hidrogrficas de la Comunidad Autnoma de Canarias, conforme a lo establecido en la disposicin final primera de la Ley 12/1990, de 26 de julio #(002829)#, de Aguas.
Por otro lado, debe tenerse en cuenta lo establecido por el artculo 89.2 #(005877) ar.89# del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificacin Hidrolgica, segn el cual se debe realizar una revisin completa del Plan cada seis años desde la fecha de la entrada en vigor, o cuando as se requiera para ajustarse al calendario comn establecido en la Directiva 2000/60 #(060476)# /CE, resultando que, en virtud del artculo 13, apartado 7, de la citada Directiva, la segunda revisin del Plan Hidrolgico Insular de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife, correspondiente al tercer ciclo de planificacin (2021-2027), deba estar aprobada y publicada, a ms tardar, el 22 de diciembre de 2021.
Es por ello, que la Comisin Europea ha incoado expediente de infraccin al Reino de España INFR(2022)2192, mediante una carta de emplazamiento, en cuyas conclusiones se incluye que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de:
“a) El artculo 13 #(060476) ar.13#, apartado 7 #(060476) ar.7# de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuacin en el mbito de la poltica de aguas respecto de los planes hidrolgicos de cuenca para las demarcaciones hidrogrficas - entre otras - ES124 Tenerife...
b) El artculo 15 #(060476) ar.15#, apartado 1 #(060476) ar.1# de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuacin en el mbito de la poltica de aguas respecto de todos los planes hidrolgicos de cuenca correspondientes a las 25 demarcaciones hidrogrficas de España”
Precisamente, para dar cumplimiento a lo dispuesto en las referidas disposiciones, se ha procedido a la revisin y actualizacin del vigente Plan Hidrolgico Insular de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife.
As, la Junta General del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, en sesin celebrada el da 6 de junio de 2018, acord el inicio del procedimiento para la formulacin del Plan Hidrolgico Insular, correspondiente al tercer ciclo de planificacin, de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife, sometiendo sus documentos iniciales (Programa, Calendario, Estudio General sobre la Demarcacin - EGD - y Frmulas de consulta pblica) al trmite de consulta pblica durante un plazo de seis meses (BOC n.º 136, de 16.7.2018).
Con posterioridad, la Junta General del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, en sesin celebrada el da 24 de abril de 2019, aprob definitivamente los documentos iniciales del Plan.
Seguidamente, mediante Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, de 19 de julio de 2019, se resolvi tomar en consideracin el documento Esquema Provisional de Temas Importantes (EPTI) del propio Plan, sometiendo el mismo al trmite de consulta pblica durante un plazo de seis meses (BOC n.º 143, de 26.7.2019).
Asimismo, mediante Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, de 3 de junio de 2020, se resolvi aprobar definitivamente el documento consolidado Esquema de Temas Importantes (ETI) del Plan.
Por su parte, mediante el citado Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, de 19 de julio de 2019, se resolvi, asimismo, tomar en consideracin el Documento Inicial Estratgico conjunto del Plan Hidrolgico Insular, tercer ciclo (2021-2027), y del Plan Especial de Gestin del Riesgo de Inundacin, segundo ciclo (2021-2027), de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife, ordenando tramitar la solicitud de inicio de su evaluacin ante el rgano ambiental del Gobierno de Canarias. A estos efectos, se ha tenido en cuenta que ambos planes se refieren al mismo periodo de tiempo, tienen el mismo mbito geogrfico de aplicacin, as como gran nmero de objetivos y medidas coincidentes, y que el artculo 14.3 #(008533) ar.14# del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluacin y Gestin de Riesgos de Inundacin prev la elaboracin coordinada de los planes de riesgo de inundacin y las revisiones de los planes hidrolgicos de cuenca, lo que engarza con el principio de racionalizacin, simplificacin y concertacin de los procedimientos de evaluacin ambiental del artculo 2.e) #(032901) ar.2# de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluacin ambiental.
Mediante anuncio publicado en el Boletn Oficial de Canarias n.º 193, de 7 de octubre de 2019, la extinta Viceconsejera de Planificacin Territorial y Transicin Ecolgica someti el borrador del Documento Inicial Estratgico conjunto de los citados Planes a consulta interadministrativa y a los interesados por un plazo de 45 das hbiles, de conformidad con el artculo 19.1 #(032901) ar.19# de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Por Acuerdo de la Comisin Autonmica de Evaluacin Ambiental de 4 de marzo de 2020, se formul el documento de alcance para la elaboracin del Estudio Ambiental Estratgico conjunto de ambos Planes, de acuerdo con el artculo 19.2 #(032901) ar.19# de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Al amparo de lo previsto en el apartado 4 de la disposicin adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo #(052512)#, por el se declara el estado de alarma con el fin de afrontar la situacin de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, mediante Resolucin n.º 39/2020, de 13 de mayo, del entonces Director General de Planificacin Territorial, Transicin Ecolgica y Aguas, se acord la continuacin, mientras estuviera vigente el estado de alarma, por considerarse indispensables para la proteccin del inters general, “de los procedimientos relativos a tramitacin y aprobacin de los Planes Hidrolgicos del Tercer Ciclo y los Planes de Gestin del Riesgo de Inundacin del Segundo Ciclo de las Demarcaciones Hidrogrficas de Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote, Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro” (BOC n.º 101, de 25.5.2020).
La Junta General del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, en sesin celebrada el 23 de junio de 2021, acord tomar en consideracin la versin inicial del Plan Hidrolgico Insular, tercer ciclo (2021-2027), y del Plan Especial de Gestin del Riesgo de Inundacin, segundo ciclo (2021-2027), de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife y su Estudio Ambiental Estratgico Conjunto, y someter los mismos al trmite de consulta e informacin pblica.
Mediante anuncio publicado en el Boletn Oficial de Canarias n.º 136, de 5 de julio de 2021, se someti a informacin pblica la propuesta inicial del proyecto de Plan Hidrolgico Insular y de Plan Especial de Gestin del Riesgo de Inundacin y del Estudio Ambiental Estratgico conjunto, por un plazo de 6 meses, de conformidad con el artculo 80.3 #(005877) ar.80# del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio; el artculo 13.3 #(008533) ar.13# del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio y el artculo 21 #(032901) ar.21# de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
La Junta General del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, en sesin celebrada el 27 de julio de 2022, acord aprobar inicialmente el proyecto de Plan Hidrolgico Insular y el Estudio Ambiental Estratgico conjunto, as como la remisin a la Comisin Autonmica de Evaluacin Ambiental del Gobierno de Canarias para que por dicho rgano se formulase la oportuna declaracin ambiental estratgica.
A continuacin, la Comisin Autonmica de Evaluacin Ambiental, mediante Acuerdo de 24 de enero #(051089)# de 2023, aprob la Declaracin Ambiental Estratgica conjunta del Plan Hidrolgico Insular, tercer ciclo (2021-2027), y del Plan Especial de Gestin del Riesgo de Inundacin, segundo ciclo (2021-2027), de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife (BOC n.º 26, de 7.2.2023).
En fin, el presente Plan ha sido aprobado provisionalmente por el Cabildo Insular de Tenerife, mediante Acuerdo de su Pleno, de 31 de marzo de 2023; restando solamente la aprobacin definitiva del Plan por el Gobierno de Canarias [en virtud de los artculos 7.c) #(002829) ar.7# y 41.1 #(002829) ar.41# de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas], la cual se acomete mediante el presente Decreto.
Por ltimo, debe precisarse que, desde el punto de vista territorial y urbanstico, los Planes Hidrolgicos Insulares merecen la calificacin jurdica de “planes sectoriales con impacto sobre el territorio”, de acuerdo con la disposicin adicional cuarta de la Ley 4/2017, de 13 de julio #(039067)#, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (en particular, el apartado 3 de dicha disposicin). Estamos, por tanto, ante un plan que, una vez entre en vigor, tendr la consideracin de Plan Territorial Especial y que, adems, prevalecer sobre los restantes instrumentos de ordenacin territorial, ambiental y urbanstica vigentes; todo ello de conformidad con el apartado 2 de esa disposicin adicional.
Visto informe tcnico de la extinta Direccin General de Ordenacin del Territorio y Aguas.
Visto informe de iniciativa de la extinta Direccin General de Ordenacin del Territorio y Aguas, que incorpora la memoria econmica; el informe de impacto de gnero y sobre identidad y expresin de gnero y de diversidad sexual; el informe de impacto empresarial y el informe de impacto por razn del cambio climtico del Plan.
Visto informe de la Secretara General Tcnica de la Consejera de Transicin Ecolgica, Lucha contra el Cambio Climtico y Planificacin Territorial, por el que se da cumplimiento a la Directriz Sexta de las Directrices para la elaboracin del informe de impacto de gnero en los proyectos de Ley, disposiciones reglamentarias y planes que apruebe el Gobierno de Canarias, aprobadas por Acuerdo del Gobierno de Canarias de 26 de junio de 2017 (BOC n.º 128, de 5.7.2017), en relacin con el artculo 10.16 del Reglamento Orgnico de la Consejera de Transicin Ecolgica, Lucha contra el Cambio Climtico y Planificacin Territorial, aprobado por Decreto 54/2021, de 27 de mayo #(053847)#.
Vistos informes de las Oficinas Presupuestarias de las entonces Consejeras de Transicin Ecolgica, Lucha contra el Cambio Climtico y Planificacin Territorial; de Agricultura, Ganadera y Pesca; y de Administraciones Pblicas, Justicia y Seguridad.
Visto informe de la Direccin General de Planificacin y Presupuesto.
Visto informe de la Viceconsejera de los Servicios Jurdicos.
Visto informe-propuesta de la extinta Direccin General de Ordenacin del Territorio y Aguas.
Visto informe de legalidad de la Secretara General Tcnica de la Consejera de Poltica Territorial, Cohesin Territorial y Aguas, que incorpora la contestacin a las observaciones de la Viceconsejera de los Servicios Jurdicos.
Considerando que, no habindose introducido modificaciones en la fase de aprobacin definitiva, dicha aprobacin se realiza en los mismos trminos del documento aprobado provisionalmente por el Cabildo, sin perjuicio de la correccin de errores materiales detectados como consecuencia de la numeracin de los artculos del documento normativo del Plan a partir del artculo 141.
En su virtud, y de conformidad con las disposiciones de general aplicacin, a propuesta del Consejero de Poltica Territorial, Cohesin Territorial y Aguas, en virtud de lo dispuesto en el artculo 58.1.a) #(055846) ar.58# de la Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, y previa deliberacin del Gobierno en su reunin celebrada el da 18 de septiembre de 2023,
DISPONGO:
Artculo nico.- Aprobacin definitiva.
Se aprueba definitivamente el Plan Hidrolgico Insular de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife, tercer ciclo (2021-2027), en los mismos trminos en que fue aprobado provisionalmente por el Cabildo Insular de Tenerife.
Disposicin adicional primera.- Realizacin de las actuaciones del programa de medidas contenido en el Plan Hidrolgico Insular de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife, tercer ciclo (2021-2027).
Las actuaciones que desarrollan las medidas que conforman el programa de medidas del Plan Hidrolgico Insular de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife, tercer ciclo (2021-2027), estarn supeditadas a la disponibilidad presupuestaria de la Administracin pblica competente para su realizacin.
Disposicin adicional segunda.- Publicidad.
Uno. El presente Decreto, junto con el documento normativo del Plan que figura como anexo, se publicar en el Boletn Oficial de Canarias, en el Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias y en las pginas web de la Consejera competente en materia de aguas y del Consejo Insular de Aguas de Tenerife.
Dos. Durante la vigencia del presente Decreto, el contenido ntegro del Plan podr consultarse en las citadas pginas web.
Disposicin derogatoria nica.- Derogacin normativa.
Queda derogado el Decreto 168/2018, de 26 de noviembre #(050984)#, por el que aprueba definitivamente el Plan Hidrolgico Insular de la Demarcacin Hidrogrfica de Tenerife; y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Decreto.
Disposicin final nica.- Entrada en vigor.
El presente Decreto entrar en vigor el da siguiente al de su publicacin en el Boletn Oficial de Canarias.
Anexos
Omitidos.
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