
Larioja.org 10.06.26
El objetivo del Ejecutivo riojano es apoyar a las entidades locales en el ejercicio de las competencias urbanísticas de planeamiento, especialmente a aquellas con menos recursos técnicos y económicos, garantizando la existencia de un instrumento que contribuye a ordenar e integrar el espacio público y privado del territorio.
El plazo de presentación de solicitudes será de 4 meses a partir de mañana, día 11, siendo subvencionables las siguientes actuaciones:
- Redacción de Plan General Municipal en su primera adopción cuando se trate de municipios que carezcan de instrumento de planeamiento general propio.
- Revisión de Plan General Municipal.
- Planes Especiales en desarrollo de las previsiones contenidas en el planeamiento municipal, de iniciativa, gestión y ejecución pública, con las finalidades previstas en el artículo 78 de la Ley 5/2006, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, tales como de Protección, de Infraestructuras, de Reforma Interior.
- Planes Parciales de iniciativa, gestión y ejecución pública, excluyendo los que sean para uso residencial.
La subvención máxima será del 80 % de la cuantía base total del proyecto, hasta un máximo de 50.000 euros en el caso de los Planes Generales Municipales y de 25.000 euros en el caso de los Planes Parciales y Planes Especiales.
Los ayuntamientos beneficiarios deberán haber redactado y/o aprobado alguno de los documentos integrantes de los siguientes instrumentos de planeamiento urbanístico:
- Documento técnico de aprobación inicial, aprobado de acuerdo con la legislación vigente.
- Elaboración del informe técnico sobre las alegaciones recibidas en el trámite de información pública y documentación técnica de aprobación provisional, aprobado de acuerdo con la legislación vigente, lo que incluye también los informes sectoriales favorables que han de ser emitidos antes de la remisión a la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja del documento para su aprobación definitiva.
- Documento técnico refundido aprobado definitivamente por la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.
Junto con la solicitud, que se realizará a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, deberá presentarse la certificación del acuerdo municipal adoptado por el Pleno de la Corporación o Asamblea Vecinal solicitando la subvención y el resto de la documentación requerida.