Aragonhoy.es 02.06.25
Con esta orden, que entra en vigor a partir del día siguiente a su publicación –es decir, este martes 3 de junio--, se elimina el umbral de 5.000 euros que hasta ahora permitía a determinados proveedores del sector público emitir facturas en papel por importes inferiores a dicha cantidad.
Según se explica desde la consejería, “tras haber transcurrido más de un decenio desde la anterior regulación (enero de 2015), se considera que las empresas han tenido tiempo suficiente para adaptarse a los medios electrónicos”, por lo que la medida responde a una apuesta clara por la eficiencia administrativa, la transparencia y la modernización de los procesos públicos.
La nueva obligación alcanza a todas las entidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 25/2013, entre ellas las sociedades anónimas y limitadas; las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica obligadas a presentar declaraciones por medios electrónicos; los proveedores que hayan recibido pagos por parte de la Administración Pública en el ejercicio anterior; y las agrupaciones de interés económico y uniones temporales de empresas.
Los objetivos de esta medida son fundamentalmente cuatro: eliminar excepciones innecesarias que ralentizan los procedimientos administrativos; agilizar el registro y la gestión contable de facturas, reduciendo errores y tiempos de tramitación; reforzar la trazabilidad y control del gasto público; y fomentar la digitalización y la sostenibilidad, disminuyendo el uso de papel.
Desde el Departamento de Hacienda se recuerda a los proveedores que disponen de plataformas electrónicas para cumplir con esta obligación y se anima a contactar con los servicios de soporte en caso de dudas o incidencias. No obstante, en caso de necesitar más información o asistencia técnica, puede consultarse el portal institucional del Gobierno de Aragón: https://www.aragon.es/-/factura-electronica.
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