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 26/05/2023
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Juntadeandalucia.es 20.06.23

De esta forma, a través del enlace https://canaldedenuncias.junta-andalucia.es/, los empleados públicos andaluces pueden hacer llegar cualquier sospecha de corrupción de la que tengan conocimiento en el ejercicio de su actividad laboral y solicitar medidas de apoyo y protección frente a represalias.

Este canal interno de denuncia, activo desde el pasado 13 de junio, está gestionado por la Secretaría General para la Administración Pública de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, responsable tanto de dicha gestión como del tratamiento de los datos que figuren en el mismo mientras que el mantenimiento y evolución tecnológica corresponde a la Agencia Digital de Andalucía, dependiente de la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.

Las personas que trabajan en la Administración son, a menudo, las primeras en tener conocimiento de amenazas o perjuicios para el interés público por lo que desempeñan un papel clave a la hora de descubrir y prevenir esas infracciones y de proteger el bienestar de la sociedad. Sin embargo, el temor a represalias puede hacerlas renunciar a informar de sus preocupaciones o sospechas, de ahí la importancia de ofrecer una protección equilibrada y efectiva a los denunciantes.

El Gobierno andaluz ya contempló esa necesidad en la Ley andaluza contra el fraude y la corrupción y protección de la persona denunciante, aprobada en 2021 y que permitió crear la Oficina Andaluza contra el Fraude. Este organismo, adscrito al Parlamento de Andalucía para garantizar independencia respecto al Ejecutivo, además de tener competencias de control, investigación y sanción de la corrupción, es la Autoridad Independiente de Protección del Informante en Andalucía. Como tal autoridad, la Oficina contra el Fraude cuenta ya con un canal de denuncias externo habilitado.

Con este nuevo sistema de información interno, la Junta de Andalucía se dota de un canal propio para integrar la cultura de la prevención en la dinámica cotidiana de la Administración, ofreciendo a sus empleados públicos, así como a quienes trabajen para o bajo la supervisión de contratistas, subcontratistas o proveedores, una vía de denuncia con todas las garantías. Se cumple así con la Ley estatal 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que desarrolla la directiva europea al respecto y que daba un plazo de tres meses a todas las Administraciones para establecer canales de denuncia.

El sistema interno de información admite tanto comunicaciones de personas que se identifiquen como las comunicaciones anónimas. Quienes opten por identificarse podrán solicitar que se guarde absoluta confidencialidad sobre sus datos, aun cuando la persona denunciada solicite conocer su identidad. Igualmente podrá pedir que se adopten medidas de apoyo y de protección frente a represalias. De ello se encargará una persona responsable, designado por la Secretaría General para la Administración Pública y cuyo nombramiento será notificado a la Oficina Andaluza contra el Fraude.

En el ámbito de dicha Secretaría General existirá un libro-registro de las informaciones recibidas y de las investigaciones internas a que den lugar, garantizándose los requisitos de confidencialidad exigidos por la Ley. Este registro no será público y el acceso a su contenido sólo se facilitará en el marco de un procedimiento judicial previa petición razonada del órgano judicial competente. En el caso de que las competencias para investigar una denuncia excedan a la propia Administración, se remitirá a la Oficina Andaluza contra el Fraude en los diez días siguientes a su recepción previa comunicación al informante.

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