Extensión del Plan de Pago a Proveedores

Se amplía al 1 de abril el plazo para que los proveedores que quieran cobrar facturas pendientes de ayuntamientos puedan confirmarlo

 01/04/2013
 Compartir: 

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha ampliado el plazo al día 1 de abril para que los proveedores de entidades locales que quieran acogerse a la extensión del Pago de Pago a proveedores soliciten ser incluidos en el listado de facturas de la Entidad Local.

- Se trata de un requisito imprescindible sin el cual no se les abonarán las cantidades que les adeudan las entidades locales

- Pueden confirmarlo de forma presencial en la entidad local que les adeuda la factura hasta el 1 de abril o de manera telemática a través de la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es)

- El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publica en su página web toda la información actualizada y permite suscribir alertas para conocer todas las novedades del procedimiento

26 de Marzo de 2013.-. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha ampliado el plazo al día 1 de abril para que los proveedores de entidades locales que quieran acogerse a la extensión del Pago de Pago a proveedores soliciten ser incluidos en el listado de facturas de la Entidad Local.

Para ello, tienen que acudir a los ayuntamientos o mancomunidades de los que son acreedores para hacer esa gestión en formato papel hasta el 1 de abril.

La información que necesita aportar cada proveedor es:

- NIF

- Número de Cuenta Corriente (se facilitará el CCC o el IBAN y, en caso de cuentas internacionales, el BIC).

- Importe del principal.

La solicitud implica la aceptación, por parte del proveedor, del pago de la deuda comercial pendiente a través de este mecanismo renunciando a intereses y otros gastos. La Entidad Local emitirá un certificado individual de reconocimiento de la obligación. La ampliación de plazo no es para los proveedores de las Comunidades Autónomas.

Como consecuencia de lo anterior se amplía hasta el 5 de abril el plazo para que las entidades locales puedan facilitar esa información al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a través de la aplicación de la AEAT.

Facturas anteriores al 1 de enero de 2012

La extensión del Plan de Pago a proveedores, aprobado el pasado 23 de febrero con una dotación de más de 2.600 millones de euros, pagará las facturas contabilizadas antes del 1 de enero de 2012, y que los proveedores cobrarán en la primera quincena de junio.

Permite acogerse a entidades que quedaron fuera de la primera fase (mancomunidades de municipios y entidades del País Vasco y Navarra), así como a municipios y comunidades autónomas acogidas a la primera fase que tengan deudas con proveedores en alguna de las nuevas fórmulas contractuales que se incluyen a partir de ahora.

En el caso de las mancomunidades será preciso que remitan sus Estatutos y porcentajes de participación de los municipios que las integran y en el caso de las entidades locales del País Vasco y Navarra que se haya suscrito un Convenio con la Administración del Estado.

Entre los nuevos tipos de contratos que se incluyen en esta nueva fase del mecanismo están las concesiones administrativas, las encomiendas de gestión, los convenios, los contratos de arrendamiento de inmuebles, los contratos de colaboración público-privada, así como determinados contratos de concesión de obras públicas y de gestión de servicios públicos.

Asimismo, se habilita una segunda oportunidad, hasta el día 1 de abril, para que los contratistas que no manifestaron su aceptación en abril de 2012 lo puedan hacer ahora, dirigiéndose a la entidad local o comunidad autónoma deudora.

Página web con información sobre el plan de pago

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publica en su web ((http://www.minhap.gob.es/es-ES/Paginas/20130222_Proveedores.aspx) una página con toda la información sobre el mecanismo extraordinario de pago a proveedores, tanto de entidades locales, como de comunidades autónomas.

En esta página, accesible a través de un banner con la identificación “Pago a Proveedores”, se accederá a toda la información relacionada con el mecanismo de pago, todas las notas de prensa publicadas, la normativa aprobada así como una relación de preguntas frecuentes para que los proveedores puedan resolver sus dudas.

Igualmente, mediante sistema RSS, se permite suscribir alertas para conocer todas las novedades del procedimiento extraordinario de pago a proveedores.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana