ACUERDO DE 26 DE DICIEMBRE DE 2024, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO ANDALUZ DEL TRABAJO AUTÓNOMO 2024-2027.
La Ley 15/2011, de 23 de diciembre , Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo, en su artículo 3, dispone que la Administración de la Junta de Andalucía elaborará el Plan Estratégico del Trabajo Autónomo como instrumento de diseño, planificación, coordinación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas que se desarrollen en el ámbito del trabajo autónomo, y tendrá una vigencia de cuatro años.
El mismo artículo establece que las actuaciones contempladas en el Plan deben integrar la perspectiva de género y de conciliación y corresponsabilidad, a los efectos de garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y promover la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, así como medidas que incentiven la actividad emprendedora entre colectivos con especiales dificultades de acceso al empleo. También, se debe prestar especial atención tanto a la formación permanente y readaptación profesional en el ámbito específico del trabajo autónomo como a la promoción de la cultura preventiva, a fin de reducir la siniestralidad laboral y garantizar la salud de las personas trabajadoras autónomas.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2024, se aprobó la formulación del Plan Estratégico Andaluz del Trabajo Autónomo de Andalucía 2024-2027.
Mediante este instrumento se persigue dar respuesta directa a las necesidades transversales y sectoriales que surgen en este colectivo, teniendo presente la heterogeneidad de las personas que lo conforman. Para ello, el diseño del Plan parte de una identificación de las dificultades y retos a los que se enfrentan las personas trabajadoras autónomas en el desarrollo de su actividad profesional en Andalucía, al objeto de ser abordados en los próximos años con un adecuado catálogo de líneas de actuación que contribuyan a consolidar y fomentar su crecimiento en la región.
El Plan Estratégico Andaluz del Trabajo Autónomo 2024-2027 presenta una visión unificada de las áreas necesarias de intervención, incorporando una perspectiva que integra a los principales agentes y organizaciones involucradas en el desarrollo de la actividad de las personas trabajadoras autónomas en Andalucía, ocupando un papel relevante los miembros del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo (en adelante, CATA).
Desde el punto de vista de la coherencia, el Plan Estratégico Andaluz del Trabajo Autónomo 2024-2027 se alinea con la estrategia definida en los documentos de planificación de la Unión Europea del nuevo marco financiero plurianual del periodo 2021-2027, asumiendo como elementos transversales entre otras materias, el apoyo a la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género, la cohesión social y territorial y el apoyo a las zonas rurales, además de promover el acceso al empleo de las personas con especiales dificultades, y contribuir a la conciliación de la vida laboral, familiar y personal y al relevo generacional.
Asimismo, el Plan se encuentra en consonancia con las prioridades transversales señaladas en la Estrategia Nacional de Impulso del Trabajo Autónomo 2022-2027, así como con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 marcados por Naciones Unidas, estando en plena sintonía con al ámbito de la planificación estratégica y económica de la Junta de Andalucía.
El proceso de elaboración del Plan Estratégico de Trabajo Autónomo ha seguido los siguientes pasos:
• La elaboración y orientación del Plan procede del proceso participativo llevado a cabo a lo largo de la fase de diseño, resultando el CATA, el órgano principal para la interlocución con el sector y el asesoramiento e intercambio de reflexiones en materia socioeconómica y profesional del trabajo autónomo. El modelo de gobernanza sobre el que se ha sustentado el diseño del Plan ha contado con dos fases de trabajo que han permitido profundizar en el diagnóstico del trabajo autónomo, integrando la visión particular y el conocimiento de los principales agentes económicos y sociales que representan directa e indirectamente a este colectivo en la región.
• El Documento Inicial del Plan ha sido presentado al CATA para su informe en sesión plenaria de fecha 22 de octubre e 2024.
• Igualmente, el mismo ha sido objeto del trámite de información pública, por un plazo de veinte días, previo Anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con fecha 23 de octubre de 2024. También se ha realizado trámite de audiencia pública en la misma fecha.
• Asimismo, se han recabado los informes preceptivos exigidos por la normativa general de aplicación, entre los que caben destacar el de Protección de Datos y Unidad de Igualdad de Género, ambos de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, Agencia Digital de Andalucía, Dirección General de Fondos Europeos, Dirección General de Presupuestos y Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera.
El objetivo general del Plan Estratégico del Trabajo Autónomo de Andalucía 2024-2027 es aumentar la participación del trabajo autónomo en mercado laboral de Andalucía, convirtiéndose en una figura básica en el desarrollo de la actividad económica en la Comunidad Autónoma.
El contenido del Plan Estratégico Andaluz del Trabajo Autónomo 2024-2027 atiende a la siguiente estructura:
• El capítulo 1 lo conforma el marco normativo de referencia y la motivación del Plan.
• El capítulo 2 muestra una radiografía socioeconómica sobre el trabajo autónomo en Andalucía. Este análisis, eminentemente de carácter cuantitativo, caracteriza la situación del colectivo evaluando su dinámica en los últimos años, los cambios en el perfil sociodemográfico, la contribución a la estructura productiva o las principales características que definen el proyecto empresarial.
• El capítulo 3 describe el proceso de gobernanza que se ha llevado a cabo en esta fase de planificación y que ha permitido contar con la participación y valoración de los agentes y las organizaciones representativas del trabajo autónomo en Andalucía, canalizados fundamentalmente a través del CATA y el Consejo Andaluz de Comercio.
• El capítulo 4 sintetiza la información del diagnóstico a través de una matriz de análisis DAFO -Debilidades Amenazas, Fortalezas y Debilidades-, y la contribución que se propone.
• Los capítulos 5 y 6 presentan la definición estratégica del Plan, por una parte, dibujando su alcance e impacto a través de la misión, visión, principios rectores y objetivos; por otra parte, mediante la presentación del marco estratégico que deriva del enfoque de la lógica de intervención, con un desglose conformado por 2 ejes estratégicos, 6 líneas de actuación y 27 acciones concretas.
• El capítulo 7 se centra en el estudio de la pertinencia y coherencia del Plan, ejercicios habituales en el ámbito de la evaluación ex ante. El análisis de pertinencia detalla la cobertura del análisis DAFO a través del marco de actuación propuesto. Por su parte, el análisis de coherencia muestra las sinergias entre las líneas de actuación programadas y otros instrumentos estratégicos de referencia.
• Los capítulos 8 y 9 presentan las estructuras e instrumentos propuestos para las acciones de seguimiento y evaluación del Plan, así como la fotografía integral de asignación presupuestaria para el desarrollo de las actuaciones.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de diciembre de 2024, se adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Aprobación.
1. Aprobar el Plan Estratégico Andaluz del Trabajo Autónomo de Andalucía 2024-2027.
2. El texto del Plan estará disponible en el Portal de la Junta de Andalucía, en la sección de transparencia relativa a planes y programas, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/537112.html
Segundo. Eficacia.
El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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