ORDEN DE 16 DE FEBRERO DE 2023 POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES PARA LAS CONVOCATORIAS DE PROCESOS SELECTIVOS POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura en su artículo 9.1, apartados 40 y 41, atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en materia de vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones, así como la coordinación y las demás facultades previstas en la ley orgánica correspondiente en relación con las policías locales.
En cumplimiento de este mandato, se publicó la Ley 7/2017, de 1 de agosto , de Coordinación de Policías Locales de Extremadura (DOE núm. 150, de 4 de agosto), que derogó la anterior Ley 1/1990, de 26 de abril , de Coordinación de Policías Locales (DOE núm. 43, de 31 de mayo) y también de forma parcial el Decreto 74/2002, de 11 de junio , por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura (DOE núm. 71, de 20 de junio).
La Ley 7/2017 desarrolla en su artículo 5 las funciones de coordinación en materia de actuación de policía local que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma, entre las que figura la de fijar los criterios básicos de selección, formación, promoción y movilidad del personal funcionario de las Policías Locales de Extremadura.
El artículo 46.3 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, acoge por primera vez en nuestra Comunidad Autónoma, la posibilidad de desarrollar procesos únicos para la cobertura de plazas de nuevo ingreso o promoción de policía local, que serían asumidos por la Junta de Extremadura a través de la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales mediante la constitución de un Tribunal Único, previa solicitud del/los ayuntamiento/os convocantes de dichas plazas.
Esta previsión se ha materializado mediante la publicación del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, con la finalidad de promover y potenciar, la realización de convocatorias conjuntas con el mayor número de municipios de la región extremeña.
En desarrollo de dicho Decreto 64/2022, de 8 de junio, para garantizar la unidad de criterios básicos en la selección de policías locales de Extremadura, se ha considerado oportuno: por un lado, aprobar un modelo de bases comunes para ser utilizadas potestativamente por todos los ayuntamientos de Extremadura en los procesos de selección de policías locales por el sistema de turno libre en la categoría de Agente; y por otro, aprobar las bases de convocatoria para la selección de policías locales de Extremadura en la categoría de agente por turno libre, a través de la convocatoria unificada mediante el Tribunal Único. Además, se incorpora a través de la presente orden la gestión y operativa de tramitación electrónica de dicha convocatoria, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre , de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
En desarrollo de dicho Decreto 64/2022, de 8 de junio, para garantizar la unidad de criterios básicos en la selección de policías locales de Extremadura, se ha considerado oportuno: por un lado, aprobar un modelo de bases comunes para ser utilizadas potestativamente por todos los ayuntamientos de Extremadura en los procesos de selección de policías locales por el sistema de turno libre en la categoría de Agente; y por otro, aprobar las bases de convocatoria para la selección de policías locales de Extremadura en la categoría de agente por turno libre, a través de la convocatoria unificada mediante el Tribunal Único. Además, se incorpora a través de la presente orden la gestión y operativa de tramitación electrónica de dicha convocatoria, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre , de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
Igualmente, se incorporan los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo , para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011, de 23 de marzo , de Igualdad efectiva de mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.
Por último, en consonancia con el objeto de regulación de la presente orden, se considera oportuna la actualización del ANEXO I Cuadro de exclusiones médicas, en base a las alegaciones recibidas en los diferentes trámites de exposición pública, y del anexo III: Temario de la categoría de Agente, del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, en aplicación de lo dispuesto en el punto primero de la disposición final del citado decreto.
Así, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previo informe favorable de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, y a propuesta de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior,
DISPONGO
Artículo 1. Aprobación de las bases.
La presente orden tiene por objeto aprobar un modelo de bases de las convocatorias de procesos selectivos, para el acceso a la categoría de Agente de Policía Local de Extremadura por el sistema de oposición libre, que los Ayuntamientos de Extremadura podrán utilizar en las que realicen al efecto, incorporándose como ANEXO I a la presente orden.
Igualmente, y al amparo de lo previsto en el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por la presente orden se aprueban las bases de convocatoria que han de regir los procesos unificados asumidos por la Junta de Extremadura, para la selección de las policías locales por turno libre para la categoría de Agente, que se incorpora como ANEXO II a la misma.
Artículo 2. Modificación del anexo I y III Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
Se modifican parcialmente los ANEXOs I y III del Decreto 64/2022, de 8 de junio, quedando redactados del siguiente modo:
ANEXO I
CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS
En punto 2, 11 y 12 del apartado 4. Ojo y visión,
Donde dice:
4.2. Pérdida o atrofia de un globo ocular. Cuerpos extraños intraoculares y/o infraorbitarios. Cualquier tipo de cirugía intraocular.
4.11. Vítreo. Hemorragias, vitritis. Organización fibrosa del vítreo. Hematoma traumático de vítreo. Cualquier tipo de cirugía vitreorretiniana.
4.12. Cristalino: Opacidades del cristalino, catarata unilateral o bilateral. Subluxación y luxación del cristalino. Ectopias del cristalino. Afaquia, Pseudoafaquia. Cualquier tipo de lente intraocular.
Debe decir:
4.2. Pérdida o atrofia de un globo ocular.
4.11. Vítreo. Hemorragias, vitritis. Organización fibrosa del vítreo. Hematoma traumático de vítreo.
4.12. Cristalino: Opacidades del cristalino, catarata unilateral o bilateral. Subluxación y luxación del cristalino. Ectopias del cristalino. Afaquia, Pseudoafaquia.
En el punto 16,
Dónde dice:
16. Otras causas de exclusión: cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico limite o incapacite para el ejercicio de la función policial.
Debe decir:
16. Otras causas de exclusión: La relación de causas de exclusión enumeradas anteriormente no tiene carácter exhaustivo, por lo que el equipo médico que realice la valoración de esta prueba podrá apreciar cualquier otra patología que, a su juicio y con la debida motivación, sea incompatible con el desarrollo normal del servicio policial.
Se añade un nuevo apartado 17, con la siguiente redacción:
17. Aplicación de las causas de exclusión. La concurrencia de alguna/as de las causas enumeradas anteriormente determinará la exclusión de la persona del proceso de selección, salvo que por parte del equipo médico que realice la valoración se aprecie, en base a informes emitidos por personal médico especialista directamente relacionado con dicha/as causa/as, que esa concurrencia es compatible con el desempeño normal del servicio policía.
ANEXO III. Temario
CATEGORÍA DE AGENTE DE POLICÍA LOCAL TURNO LIBRE
PARTE GENERAL
Tema 1. La Constitución Española de 1978: características generales y estructura. El Título Preliminar de la Constitución. La reforma constitucional. El ordenamiento jurídico y las fuentes del Derecho.
Tema 2. La Corona: funciones del Rey; el refrendo. Las Cortes Generales. El Poder Ejecutivo: el Gobierno y la Administración; sometimiento de la Administración a la ley y al derecho. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.
Tema 3. El Título VIII de la Constitución. Principios generales de la organización territorial del Estado. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas. El Bloque de la Constitucionalidad.
Tema 4. El Estatuto de Autonomía de Extremadura. La Asamblea de Extremadura. La Presidencia de la Junta de Extremadura. La Junta de Extremadura. Las competencias de la Comunidad Autónoma Extremeña. La organización judicial en el Estatuto de Autonomía de Extremadura.
Tema 5. Las Entidades Locales. El Municipio: Organización y Competencias. La población. El padrón de habitantes. Órganos de gobierno municipales. Régimen de sesiones y acuerdos. Barrios, distritos y Entidades Locales Menores. Las Juntas de Distrito.
Tema 6. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Los bandos de la Alcaldía.
Tema 7. El acto administrativo. Clasificación. Las resoluciones. Publicación y notificación. La notificación defectuosa. Procedimiento y límites para la revisión. Recursos administrativos. El recurso contencioso administrativo.
Tema 8. El procedimiento administrativo. Marco jurídico. Fases del procedimiento. La audiencia de la persona interesada Notificaciones. El procedimiento administrativo sancionador. Las multas municipales. Concepto y Clases.
Tema 9. La función pública en general y el personal funcionario de las Entidades Locales. Organización de la función pública local.
PARTE ESPECÍFICA
Tema 10. El binomio policía local-ciudadanía. La intervención municipal en la actividad de los particulares. La Policía Local como policía administrativa. Instituciones Internacionales: INTERPOL, EUROPOL, EUROJUST, FRONTEX, CEPOL.
Tema 11. Normativa reguladora de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Disposiciones generales; principios básicos de actuación y disposiciones estatutarias comunes. Las funciones y competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Las Juntas Locales de Seguridad.
Tema 12. La legislación sobre Policías Locales: la Ley de Coordinación de Policías Locales en Extremadura y su normativa de desarrollo.
Tema 13. Normativa de uniformidad, acreditación y equipamiento de Policías Locales de Extremadura. Derechos y deberes de las Policías Locales. Régimen disciplinario del personal funcionario de Policía Local.
Tema 14. Normativa relativa a la Igualdad de Género en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Normativa relativa a la prevención de la Violencia de Género en Extremadura.
Tema 15. Normativa relativa a Medio Ambiente y Urbanismo en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Intervención de la Policía Local en materia medioambiental, especialmente en lo relativo a la contaminación acústica.
Tema 16. El Código Penal. Concepto de infracción penal. Delito y Eximentes. Atenuantes. Agravantes, y de la circunstancia mixta de parentesco. Personas criminalmente responsables. Responsabilidad penal de las personas menores de edad.
Tema 17. Clases de penas y delitos.
Tema 18. Delitos contra las personas: Homicidio. Del aborto. Las lesiones. Los delitos contra la libertad. Delitos contra la libertad sexual.
Tema 19. Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. Hurto, robo. Robo y hurto de uso de vehículos.
Tema 20. Delitos contra la seguridad del tráfico y omisión del deber de socorro.
Tema 21. Delitos contra la salud pública. Delitos contra el Medio Ambiente. Delitos contra la Administración Pública.
Tema 22. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las Libertades Públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por las funcionarias y funcionarios públicos contra las Garantías Constitucionales.
Tema 23. La Ley de protección de la seguridad ciudadana.
Tema 24. La Policía Local como Policía Judicial. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La Detención. Los Derechos y Garantías del detenido.
Tema 25. El Procedimiento de Habeas Corpus. Los depósitos municipales de detenidos.
Tema 26. La Ley de Seguridad Vial. Objeto. Ámbito de aplicación. Estructura. Competencias. Competencias de los Municipios en materia de seguridad vial.
Tema 27. El Reglamento General de Circulación: Objeto, ámbito de aplicación y estructura. Normas sobre circulación de vehículos.
Tema 28. Normas generales de comportamiento en la circulación: Normas generales. De la carga de vehículos y del transporte de personas y mercancías o cosas. Normas generales de los Conductores y Conductoras.
Tema 29. Normas sobre bebidas alcohólicas; normas sobre estupefacientes y sustancias psicotrópicas, según el Reglamento general de circulación. Prevención del consumo de bebidas en la infancia y adolescencia.
Tema 30. Reglamento General de Vehículos. Normas generales. Matriculación de vehículos. Normas generales y documentación.
Tema 31. Reglamento General de las Conductoras y Conductores. Permisos de conducción: concepto y clases. Requisitos para la obtención. Canjes de permisos. Revisión periódica de los permisos de conducción. Duplicados. Licencia de conducción.
Tema 32. El Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico y Sanciones. Responsabilidad.
Tema 33. Regulación de Paradas, estacionamientos, inmovilización y retirada de vehículos.
Tema 34. Inspección Técnica de Vehículos: ámbito de aplicación. Frecuencia de las inspecciones. Organismos encargados. La inspección técnica periódica. La actuación de los y las Agentes de la Autoridad.
Tema 35. El Accidente de Tráfico. Definición, tipos, causas y clases de accidentes. Fases de la Intervención Policial en el accidente. El Atestado de Tráfico. Sus contenidos y tramitación.
Tema 36. Prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y en la adolescencia.
Tema 37. Disposiciones generales en materia de seguridad privada en España. Coordinación. Empresas de seguridad privada y despachos de detectives privados. Personal de seguridad privada. Servicios y medidas de seguridad.
Tema 38. El Sistema Público de Protección Civil y Emergencias. La prestación de auxilio en casos de accidente, catástrofe o calamidad pública en ejecución de los Planes de Protección Civil. Normativa reguladora del Sistema Público de Protección Civil.
Tema 39. Espectáculos públicos y actividades recreativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Normativa y competencias.
Tema 40. Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Concepto general de trabajo. Concepto de salud y condiciones de trabajo. El trabajo y la salud. Concepto general de riesgos Laborales. Principios generales de la actividad preventiva. Conceptos de prevención y protección. Consecuencia de los riesgos. Daños a la salud. Marco normativo básico en prevención de riesgos laborales.
Tema 41. La protección de datos de carácter personal: La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre , de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo , de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.
Disposición transitoria única. Procesos en curso.
Aquellos procesos selectivos para el ingreso por turno libre en las categorías de Agente, cuyas bases hayan sido publicadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden, se desarrollarán de acuerdo a lo estipulado en sus propias bases reguladoras.
Disposición derogatoria única. Derogatoria normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.
Disposición final primera. Ejecución y desarrollo.
Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales de Extremadura para dictar cuantos actos sean necesarios para la adecuada ejecución de lo dispuesto en la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Anexos
Omitidos.
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