DECRETO 129/2020, DE 17 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS ÓRGANOS SUPERIORES Y DE DIRECCIÓN DEPENDIENTES DE LA PRESIDENCIA DA XUNTA DE GALICIA.
El 7 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 110/2020, de 6 de septiembre , por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, fundamentada en los criterios de eficacia y economía que inspiran la actuación y la organización administrativa.
En virtud de los criterios arriba indicados, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 23.3 y 26.5 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, procede ahora establecer los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia que, por su importancia y naturaleza, procede que queden adscritos funcionalmente a la Presidencia de la Xunta de Galicia.
En su virtud, a propuesta del vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Turismo, en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 4.15 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día diecisiete de septiembre de dos mil veinte,
DISPONGO:
Artículo único
a) Dependerán funcionalmente de la Presidencia de la Xunta de Galicia y organicamente de la Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo los siguientes órganos superiores y de dirección:
1. Secretaría General de la Presidencia:
1.1. Dirección General del Gabinete de la Presidencia.
2. Secretaría General de Medios.
2.1. Dirección General de Comunicación.
3. Secretaría General de la Emigración.
4. Secretaría General para el Deporte.
b) Queda adscrita a la Presidencia de la Xunta de Galicia la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 252/2011, de 15 de diciembre , por el que se crea esta y se aprueban sus estatutos.
Disposición adicional primera
Uno. Corresponderán a la persona titular de la Consellería de Hacienda y Administración Pública las funciones que los artículos 3 y 4, así como la disposición final segunda del Decreto 252/2011, de 15 de diciembre , por el que se crea la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia y se aprueban sus estatutos, atribuyen a la persona titular de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.
Dos. Los estatutos de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia se modificarán para adaptarse a lo establecido en el párrafo uno de esta disposición adicional.
Disposición adicional segunda
La delegación de competencias otorgada a favor de la Secretaría General de la Presidencia continuará vigente hasta que sea revocada expresamente o nuevamente otorgada.
Disposición transitoria primera
En tanto no se modifique el Decreto 252/2011, de 15 de diciembre , por el que se crea la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia y se aprueban sus estatutos, corresponderá a la Secretaría General de la Presidencia la preparación previa de los asuntos de la Amtega que deban elevarse y someterse al Consello de la Xunta de Galicia para su aprobación, así como aquellas otras funciones que se le atribuyan en dicho decreto.
Disposición transitoria segunda
Los órganos dependientes de los órganos superiores y de dirección señalados en el artículo único mantendrán su estructura y funciones hasta que se proceda al desarrollo de la estructura contenida en este decreto.
Disposición transitoria tercera
Las referencias contenidas en las disposiciones adicionales primera y segunda del Decreto 76/2017, de 28 de julio , de estructura orgánica de los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, resultan de aplicación a los órganos superiores y de dirección previstos en este decreto mientras no se regule su nueva estructura orgánica.
Disposición derogatoria
Queda derogado el Decreto 176/2016, de 15 de diciembre , por el que se establecen los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este decreto.
Disposición final. Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
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