Los cambios en impuestos y tasas, al detalle en el Ayuntamiento de Pamplona

 17/10/2012
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Entre las modificaciones que incluye la propuesta que ha conocido esta mañana la Junta de Gobierno Local, se adapta también la Ordenanza Fiscal de gestión, recaudación e inspección a los cambios producidos especialmente en la Ley Foral General Tributaria.

Diario de Navarra. 16.10.2012

La modificación del porcentaje de sanción aplicable a infracciones tributarias graves pasa del intervalo 50% - 150% al 75% - 180% y se amplían los plazos aplicables al procedimiento sancionador.

Asimismo, se incluyen adaptaciones de ordenanzas aprobadas en el último año por el propio Ayuntamiento de Pamplona. Se recoge la tributación relacionada con las llamadas licencias express, para la puesta en funcionamiento de determinadas actividades, que únicamente necesitan una declaración responsable o una comunicación previa para otorgarse. Se incorporan igualmente las nuevas tarifas recogidas en la Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas y otros elementos asociados a la hostelería y al comercio en la vía pública, aprobada en junio y actualmente en tramitación.

En cuanto al impuesto municipal de plusvalías, el régimen de gestión pasa a ser el de liquidación. Así se simplifica la gestión tributaria, se facilita el pago por parte de los contribuyentes y se inicia la vía para la implantación de sistemas de intercambio telemático de información de escrituras y liquidaciones a través de entidades colaboradoras.

Además, se unifican las tarifas de ocupación de vía pública con elementos publicitarios autorizados por el Ayuntamiento de Pamplona para facilitar al contribuyente el proceso de autoliquidación y pago del tributo.

La propuesta plantea nuevos abonos para los complejos deportivos municipales por períodos inferiores al año, creando abonos de 90 y 180 días y unificando el de 30 días sin diferenciar temporada de invierno o verano. Se completan también algunas tarifas de utilización de instalaciones municipales, como el uso de las piscinas de los complejos o de las aulas de la Escuela de Música, contemplando tarifas diferenciadas para usos continuados a partir de la segunda hora de utilización, como ya se hace en polideportivos o aulas de colegios. Por último, se revisan tarifas por ensayos y análisis conforme a los diferentes tipos que realiza el Laboratorio del Ayuntamiento de Pamplona.

Los impuestos y contribuciones especiales están regulados en las Ordenanzas Fiscal 1 a 7. Todas las bases y los tipos propuestos se basan en los límites establecidos en la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra. El tipo de gravamen de Contribución Territorial Urbana se actualiza con el IPC, además de aplicar el porcentaje de depreciación de los valores catastrales que experimentan las construcciones por el paso del tiempo.

Se proponen actualizaciones del impuesto de construcciones, instalaciones y obras, con un tipo de gravamen máximo legal del 5%, y del impuesto de plusvalías. En este caso se traslada al articulado el supuesto de la dación en pago de vivienda, impidiendo que las entidades financieras obligadas al pago de esa plusvalía, repercutan el impuesto en las escrituras de la dación firmadas por el ciudadano.

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