Sentencia del TEDH sobre la doctrina Parot

Javier Zaragoza recuerda que hay precedentes en la Gran Sala "contrarios" a la posición adoptada por Estrasburgo

 20/07/2012
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Afirma que la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos "no es una decisión ejecutiva"

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19 (EUROPA PRESS)

El fiscal jefe de la Audiencia Nacional (AN), Javier Zaragoza, ha recordado que hay precedentes en la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) --en donde podrá ser revisada la sentencia-- "contrarios" a la posición adoptada por Estrasburgo sobre la 'doctrina Parot'.

Así se ha manifestado al ser preguntado por los periodistas sobre la decisión del Gobierno de no acatar la sentencia del TEDH en la que amparó a la etarra Inés del Río frente a la aplicación de la 'doctrina Parot' y ordenó al Estado español que "asegure su puesta en libertad en el plazo más breve posible".

A este respecto, el fiscal ha destacado que el Gobierno "tiene en estos momentos la posibilidad, a través de la representación del Estado, de pedir que esta sentencia sea revisada por la Gran Sala", en donde, como ha recordado, "hay precedentes que apuntan a una doctrina contraria a la adoptada en este caso".

"Si se pide que vaya a la Gran Sala, la sentencia no es definitiva, y hasta que sea definitiva no puede ser ejecutada en el sistema jurídico español", ha asegurado Javier Zaragoza.

De este modo, ha avanzado que, en función de la decisión que tome la Gran Sala, la Fiscalía de la Audiencia Nacional "resolverá sobre la prisión o al libertad" de Inés del Río que, en estos momentos, como ha puntualizado, "es una persona penada que está cumpliendo una condena".

Además, ha recordado que la Fiscalía "se opone a que se ponga en libertad", al considerar que la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos "no es una decisión ejecutiva".

'DOCTRINA PAROT'

La 'doctrina Parot' fue establecida por el Tribunal Supremo en 2006 y ratificada por el Tribunal Constitucional (TC) para determinar que los beneficios penitenciarios a los que accede un recluso deben aplicarse individualmente sobre cada una de las penas por las que haya sido condenado y no sobre el límite máximo de su estancia en prisión de 30 años.

Precisamente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, condenó a España a pagar una indemnización de 30.000 euros por daños morales a Inés del Río Prada, condenada a más de 3.000 años de cárcel por varios asesinatos terroristas, e instó a "poner en libertad a la demandante en el plazo de tiempo más breve posible".

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