Desestima un recurso
BARCELONA, 16 (EUROPA PRESS)
El TSJC dictó un auto en octubre de 2010 que suspendía los siete artículos, y en febrero de 2011 desestimó un recurso de súplica del consistorio, en cuyas partes dispositivas establecía la suspensión cautelar de esos preceptos, ante lo que el Ayuntamiento presentó recurso de casación.
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativa del TS avala la decisión del TSJC, y considera que esos artículos contienen "mandatos concretos y específicos cuyo significado excluyentes del castellano es claro y manifiesto", y que mantener su vigencia comportaría un perjuicio de difícil o imposible reparación, que justifica la suspensión cautelar.
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