Ayuntamiento de Valencia

La nueva ordenanza de dominio público que prepara el Ayuntamiento de Valencia podría incluir limitaciones a las manifestaciones en espacios emblemáticos y «extremadamente turísticos»

 22/02/2012
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Los comerciantes del centro han manifestado reiteradamente su disgusto por las constantes marchas de las que son testigos, pues consideran que suponen un perjuicio para sus cajas

La Razón – 21/02/2012

La nueva Ordenanza de Dominio Público que prepara el Ayuntamiento de Valencia podría incluir limitaciones a las manifestaciones en espacios emblemáticos y <<extremadamente turísticos>>. La Concejalía de Coordinación Jurídica que dirige Félix Crespo estudia si es posible, por ejemplo, prohibir concentraciones en la plaza de la Virgen. <<Ya existen precedentes en otras ciudades. En la plaza del Pilar de Zaragoza no están permitidas. Y -recuerda- la blindó un Gobierno socialista>>.

<<Hay determinados puntos de la ciudad, y la plaza valenciana es uno de ellos, donde la afluencia turística masiva hacen desaconsejables las manifestaciones>>. A juicio de Crespo, si constantemente hay actividades que impidan realizar las visitas, <<habrá que replanteárselo>>. Por todo ello, asegura que se estudiará <<desde el punto de vista técnico con todo el rigor>>.

Derecho absoluto

Y es que los comerciantes del centro han manifestado reiteradamente su disgusto por las constantes marchas de las que son testigos, pues consideran que suponen un perjuicio para sus cajas.

Sin embargo, el concejal admite que el Ayuntamiento no tiene competencias en materia de autorización de permisos para manifestaciones, y que cualquier colectivo que quiera hacer una, sólo necesita comunicar su petición con antelación a la Delegación de Gobierno.

<<Se trata -explica Crespo- de un derecho absoluto, por lo que no puede negarse salvo que exista una causa de fuerza mayor demostrable>>.

Posteriormente, es la Delegación la que comunica el itinerario al Gobierno local, mientras que es la Policía Local la que emite un informe en el que recoge si existen limitaciones a la petición. Por ejemplo, no puede haber una concentración en la Plaza del Ayuntamiento una hora antes de una <<mascletà>>.

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