El Gobierno aprueba el texto refundido del estatuto básico del empleado público

 02/11/2015
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El Consejo de Ministros aprobó este viernes un real decreto legislativo con el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que incluye todos los cambios para los empleados públicos que se han ido aprobando con posterioridad. Entre éstas se incluyen las normas vigentes del citado Estatuto aprobado por la Ley 7/2007, las normas con rango de ley que la han venido modificando de forma expresa y aquellas otras normas con rango de ley, con carácter de legislación básica, que afectan de modo indiscutible a su ámbito material.

SERVIMEDIA 30.10.15

Se cumple con ello lo dispuesto en la Ley 20/2014, que autoriza al Gobierno a aprobar un texto refundido en el que se integren, debidamente regularizadas, aclaradas y armonizadas, la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y las disposiciones en materia de régimen jurídico del empleo público contenidas en leyes que la hayan modificado.

Entre las cuestiones que se incorporan al texto refundido como consecuencia de las modificaciones de la ley de 2007 aprobadas hasta la actualidad se encuentran la recuperación de los días de asuntos particulares y vacaciones de los empleados públicos, de acuerdo con las últimas modificaciones legislativas.

También se recoge la novedad de que las vacaciones no disfrutadas por enfermedad se puedan disfrutar tras el alta, además de las mejoras efectuadas en materia de movilidad, jornadas, permisos y situaciones administrativas en los casos de violencia terrorista.

Los permisos por cuidado de hijo menor afectado por enfermedad grave y para los casos de acogimiento pre adoptivo y adopción es otra de las medidas que se recoge.

Desde el Gobierno destacaron que se incorporan incluso las normas aprobadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, como el permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación.

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